Este 22 de octubre se llevarán a cabo las elecciones 2023. Para los residentes en Río Segundo, Córdoba, la información sobre su lugar de votación se encuentra en el padrón electoral.
Elecciones a presidente 2023: cómo sé dónde voto
¿Cómo saber dónde voto por nombre y apellido?
La Cámara Nacional Electoral lanzó un sitio web mediante el cual los electores pueden enterarse de la ubicación en la que votar en Río Segundo, Córdoba. En dicho sitio obtienen el nombre y la dirección del sitio en el que votan, el número de la mesa asignada para el acto de sufragar y el número de orden en que se encuentran en el padrón electoral. Es aconsejable concurrir a votar con esa información porque acelera el trámite y reduce las demoras.
¿Es obligatorio votar?
El voto es obligatorio. Los electores que no concurran a votar tienen que justificar la razón de su ausencia. Quienes no presenten justificación para su ausencia deberán saldar una multa. Pueden votar los más de treinta millones de electores que constan en el padrón electoral y pueden hacerlo con cualquiera de los documentos autorizados para sufragar.
Qué documento es válido para votar
Los documentos válidos para votar son
- Libreta Cívica
- Libreta de Enrolamiento
- DNI verde
- DNI celeste
- DNI tarjeta
El ejemplar del documento debe ser el mismo o más reciente que el que aparece en el padrón electoral. No está permitido el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar previo al que figura en el padrón electoral ni de aquellos que presenten el “DNI en su celular”.
¿Cuándo hay balotaje o segunda vuelta?
Los artículos 97 y 98 de la Constitución Nacional establecen que un candidato se convierte en Presidente en primera vuelta sólo cuando obtiene más del 45% de los votos afirmativos en esa elección, o al menos el 40% de los votos y una diferencia porcentual mayor a 10 puntos respecto al candidato que saliese segundo.
En tanto, la Carta Magna prevé que, si no se cumple alguno de esos requisitos, debe realizarse una segunda vuelta, también conocida como balotaje, en donde participan las dos fórmulas más votadas en primera vuelta. Es decir, quien salió primero y quien salió segundo.
Veda electoral
En Argentina, el artículo 71 del Código Nacional Electoral prohíbe "actos de proselitismo público" y "publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre". Es decir, recién a las 21 de ese domingo es legal difundir números.
Boca de urna
El "boca de urna" es un tipo de encuestas realizadas por empresas de consultoría política el día de las elecciones, dirigidas a los votantes recién salidos de votar. Es importante destacar que la información obtenida a través de este mecanismo no puede ser divulgada en ningún medio antes de las 9 de la noche, ya que ello supondría una violación de la legislación nacional.
En Argentina, el artículo 71 del Código Nacional Electoral prohíbe la realización de "actos de proselitismo público" y la "publicación o difusión de encuestas y proyecciones acerca de los resultados electorales durante el transcurso de la jornada electoral y hasta tres horas después de su cierre". Recién a las 21 horas del mismo domingo se permite la difusión legal de estos datos.
¿Es obligatorio votar?
El voto es obligatorio. Quienes no cumplan con esa disposición deberán justificar por qué no fueron. Aquellos que no lo hagan deberán pagar una multa.
Están habilitados para votar los 36 millones de electores que figuran en el padrón electoral y pueden hacerlo con cualquiera de los documentos permitidos para sufragar.