Tras los incidentes del viernes –al cierre de la marcha por la aparición con vida de Santiago Maldonado–, el PRO reimpulsa un proyecto de ley que habilita a las fuerzas policiales a detener a los manifestantes que protesten encapuchados, o porten “elementos contundentes”. La iniciativa es del diputado macrista Javier Pretto, que en los fundamentos de su propuesta argumentó que en las calles “se cometen hechos violentos a diario” –aludiendo a las manifestaciones–, frente a los que no se puede “dejar las decisiones finales en manos de autoridades inermes, fiscales temerosos y jueces politizados”. 

El proyecto es de abril, pero esta semana Pretto lo reflotó, promocionándolo con nuevas declaraciones en los medios. De ser aprobado, los delitos de interrupción del transporte (el corte de ruta o calle), abuso de armas, amenazas y daño incorporarán como agravante tener la cara cubierta o “exhibir elementos contundentes”. 

PáginaI12 consultó a integrantes del CELS, la Correpi y el Ceprodh –que habitualmente intervienen ante casos de represión policial o de criminalización de la protesta– sobre el proyecto. 

“Es preocupante que casi asimile llevar un palo o tener la cara tapada a usar un arma”, señaló Manuel Tufró, coordinador del equipo de seguridad democrática y violencia institucional del Centro Legales y Sociales (CELS). “Los proyectos de este tipo, de los que se vienen presentado más de uno, terminan ampliando las facultades policiales. Sabemos lo que es un arma de fuego, pero ¿qué es un objeto contundente? ¿Una piedra? ¿Un palo? ¿Un aerosol?... Y ¿quién va a terminar definiendo eso? En primera instancia, la policía. Esto es impulsado en en un momento en el que las autoridades no están pudiendo garantizar que no haya provocadores o infiltrados generando desmanes, y después de que haber detenido a personas que no tenían nada que ver”. 

Para Tufró, no se puede reglamentar el derecho a manifestar. “En una protesta pueden producirse hechos que sean tipificados como delito, pero en ese caso ya están en el Código Penal; no hay que poner regulaciones (al ejercicio de peticionar a las autoridades), porque siempre se termina limitándolo. En general, estas discusiones desvían la preocupación principal, que es que hay que regular la actuación policial en las protestas y no el ejercicio de un derecho”.

Desde la Correpi, María del Carmen Verdú recordó que “no es el primer intento de criminalizar este tipo de cuestiones”. “De hecho, están criminalizadas en más de un código contravencional, en varias jurisdicciones del país. Tenemos un desaparecido... ¿y el problema de ellos son las capuchas y los pañuelos?”, se preguntó. 

Paolo Zaniratto, del Ceprodh, también señaló la peligrosidad de los términos imprecisos que el diputado utilizó al redactar el proyecto. “No define con claridad cuáles son las conductas que quiere penalizar. Lo mismo con los términos: cuando habla de elementos contundentes, ¿qué se debe interpretar? Si alguien va con una bandera y la bandera tiene palos, puede ser visto como elemento contundente, según el juez que te toque”. Para el abogado, el proyecto busca redefinir “el concepto de manifestación pública, que es un derecho amparado por la Constitución, para transformarlo casi en un delito en sí mismo”.

“Nuestro Código Penal no tiene un carácter proporcional: hay penas muy altas por delitos menores. Estos agravantes que quieren introducir son también inconstitucionales en ese sentido, ya que las penas tienen que ser proporcionales a los daños. Por otra parte, la ley protege bienes jurídicos. ¿Cuál sería el bien jurídico a proteger al penalizar el uso de un pañuelo en una marcha?”