El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes confirmó la sentencia de 35 años de prisión para un hombre por abusar sexualmente de su hijastra e hijos durante una década, privarlos de la libertad y reducirlos a la servidumbre, entre otros delitos, informaron hoy fuentes judiciales.

El condenado fue considerado autor de los delitos de "abuso sexual con acceso carnal agravado por ser el encargado de la guarda, aborto, privación ilegítima de la libertad, reducción a servidumbre y amenazas con arma de fuego a su hijastra y a sus hijos de 17, 14 y 6 años", detalla el informe.

Los hechos se registraron en la localidad correntina de Santo Tomé entre los años 2010 y 2020. El hombre fue sentenciado en 2022 por todos estos delitos y ahora la sentencia fue ratificada por el máximo Tribunal provincial.

Los abusos y sometimiento se iniciaron tras el fallecimiento de la madre de los niños, se detalla. Sobre el caso y respecto del primer hecho de abuso sexual a la hijastra, se precisa que "se produjo cuando la víctima tenía 14 años, en 2011, y se reiteró hasta que la joven logra escapar de la estancia en febrero de 2020".

"Como producto de dichos abusos sexuales, la joven tuvo dos hijas y en el año 2017, cuando la primera tenía cuatro años, la denunciante queda embarazada nuevamente y el imputado le da una pastilla y la somete a un aborto espontáneo en el mismo lugar, sin asistencia médica", señala el escrito judicial. A la vez, remarca que "durante todos los años de abuso hacia la víctima, el imputado la privaba de su libertad bajo amenazas y violencia e impedía su salida del campo".

En tanto, detalla además que el hombre de 58 años obligaba a sus hijos e hijastra "a realizar todo tipo de trabajos, mediante trato agresivo, violento y denigrante y en caso de desobediencia, los golpeaba constantemente, en algunas ocasiones "utilizando elementos como látigos". Incluso se indica que "en diferentes ocasiones los amenazaba con armas de fuego".

Finalmente, el Poder Judicial de Corrientes informó que "para el dictado del decisorio, el Tribunal valoró primordialmente como elementos de prueba la declaración testimonial de la hijastra del acusado constituida como denunciante, del examen psicológico practicado por la Psicóloga Forense y las llamadas y amenazas del acusado".