“Estos jueces dan vergüenza”, dijo Pablo Llonto. “La sentencia es incomprensible y jurídicamente incoherente”, afirmó Alan Iud. Ambos abogados reaccionaron de esa forma luego de que el Tribunal Oral Federal 1 de San Martín diera a conocer el fallo con el que absolvió al ex Capitán del Departamento de Inteligencia del Comando de Institutos Militares Rafael Félix López Fader y condenara a solo cuatro años de prisión al ex secretario general del Ejército Eduardo Alfonso.    

Alfonso, que estuvo prófugo cuatro años, estaba acusado por los secuestros de Beatriz Recchia, embarazada de cinco meses, y de su hija Juliana Inés García, de tres años, y del asesinato de Domingo García. Todos estos crímenes se concretaron en el operativo ilegal en la casa de la familia García-Recchia en Villa Adelina. La participación de Alfonso en este operativo surge de su propio legajo, recibió una condecoración por eso. Ayer, los jueces Diego Barroetaveña, Marta Milloc y Marcela Rodríguez consideraron que Alfonso era responsable por el allanamiento ilegal y el secuestro de Recchia –que sigue desaparecida– y de su hija. 

Así, la sentencia dejó probada la participación del ex general de brigada y ex segundo del Ejército en el operativo ilegal de Villa Adelina. Sin embargo, los jueces entendieron que Alfonso debía ser absuelto por el asesinato de García a pasar de las solicitudes de condenas a prisión perpetua de la querella de Abuelas de Plaza de Mayo y la fiscalía.

“La pena de cuatro años es insultante, porque tal como lo dijo el tribunal, es un crimen de lesa humanidad y está probada la participación de Alfonso en los hechos”, señaló Abuelas de Plaza de Mayo en un comunicado. Iud, abogado del organismo de derechos humanos, explicó que “el homicidio de Domingo García ocurrió en el mismo procedimiento e incluso temporalmente antes del secuestro de Beatriz Recchia y Juliana Inés García. Tuvieron que matar a Domingo García para secuestrar a Beatriz Recchia y a Juliana”. 

“Es todo un mamarracho –dijo Juliana García Recchia– Los jueces no quisieron darle perpetua pero tampoco lo absolvieron, porque no podían, porque estaban las pruebas y porque además son cobardes. Lo que pasa con los juicios es que para llegar a los responsables alguien los tiene que denunciar, para eso alguien los tienen que haber visto. Y son los menos. Todos los que vinieron a mi casa tienen impunidad, al final el genocidio parece que lo hicieron entre tres. Pero en este caso estaban las pruebas, nadie duda de que Alfonso estuvo en el operativo, pero no lo condenan por el asesinato”. Alfonso, además, recibió solo cuatro años por el secuestro de Juliana –que luego pudo volver con su familia– y por el de Beatriz Recchia, quien sigue desaparecida, parió mientras estaba en cautiverio y cuya hija menor fue apropiada. 

Juliana apuntó también que todo el juicio fue un “cachivache” porque se juntaron dos hechos que no estaban conectados. Además de juzgar a Alfonso por el caso de los García Recchia, el mismo tribunal juzgó al ex capitán del Departamento de Inteligencia del Comando de Institutos Militares Rafael Félix López Fader por su participación en la privación ilegal de la libertad y tormentos, homicidio y tentativa de homicidio de Diego Muniz Barreto y Juan José Fernández, respectivamente. López Fader fue absuelto. 

“Es una vergüenza tener estos jueces. A López Fader le otorgaron el beneficio de la duda cuando estaba claro que era responsable del centro clandestino El Campito y había participado en el homicidio de Muniz Barreto. Dos testigos y su propia documentación lo ubican en Campo de Mayo como jefe de Contrainteligencia. Por este hecho hay un suboficial condenado, pero ahora absolvieron al oficial que estuvo a cargo”, dijo Llonto, abogado de la familia Muniz Barreto. “Evidentemente –agregó– los jueces se adaptaron a los nuevos vientos que vienen desde el Gobierno. Pareciera que le responden a Elisa Carrió”. Antes de las elecciones, la diputada había dicho en un acto en un club de Belgrano que había que diferenciar a los “torturadores directos” de los “jóvenes militares que no podían comprender” la criminalidad de sus actos, por ejemplo, “cuando le decían ‘vos vas a un enfrentamiento’”. Llamativamente (o no) este es el criterio que están empezando a utilizar varios tribunales, en un giro en la jurisrpudencia sobre delitos de lesa humanidad. La Cámara Federal lo invocó hace pocos días en el caso de ocho policías de Coordinación Federal y Seguridad Metropolitana que participaron de operativos en tres casas que terminaron con el asesinato de todos sus habitantes.