El juez federal subrogante de la ciudad de Mendoza Pablo Oscar Quirós condenó a un trabajador no docente de la Universidad Nacional de Cuyo por abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público, en una causa iniciada hace cinco años por una trabajadora que sufrió acoso sexual por parte del condenado, que tenía poder sobre la asignación de fondos en la Secretaría de Extensión y Vinculación del Rectorado. La denunciante inició un trámite administrativo, que derivó en la pérdida de su trabajo, mientras el denunciado continuaba en funciones. Ante esa falta de respuestas, realizó la denuncia penal.

La condena, con amplia argumentación en la ley 26485 para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, la Convención de Belem do Pará y la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación hacia las Mujeres (CEDAW) recoge también el pedido del fiscal federal Fernando Alcaraz para que la Universidad publique la sentencia y tome medidas de garantía de no repetición

“La situación sufrida por la víctima es claramente una situación de acoso sufrida dentro del ámbito laboral toda vez que la única instancia de relación entre víctima y victimario no es más que esa; siendo la relación de jerarquía ostentada en el ámbito laboral por el acusado, de la cual se valió para acosarla", expresó el juez en los fundamentos de la sentencia, publicados el martes.

El juez dispuso que la resolución sea pública una vez que esté firme, tanto en el Centro de Información Judicial como en la Oficina de la Mujer, los dos organismos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En cuanto a la garantía de no repetición, la fiscalía pidió que se realicen capacitaciones en relación a la temática de género y de violencia patriarcal para todo el personal que trabajó en la Secretaría donde ocurrieron los hechos, focalizándolo en situaciones de acoso sexual en el ámbito laboral y "que se remita la sentencia al Ministerio de Educación de la Nación para que adopte el programa o un curso permanente y obligatorio dirigido a todos los niveles por las Universidades Nacionales sobre derechos humanos y género, violencia laboral y sexual, superación de estereotipos sobre el rol social de las mujeres; incluyendo la sentencia en dichos cursos, la normativa nacional y los tratados internacionales de Belem Do Pará, CEDAW y la Convención de la Organización Internacional del Trabajo. 

Lo cierto es que la condena fue a cuatro meses de cumplimiento condicional e inhabilitación por el doble de tiempo. El empleado continúa en su puesto de trabajo, donde tiene la capacidad de manejar fondos y decidir sobre contratos

Los hechos comenzaron en 2018, y se profundizaron durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio, en 2020. El acosador nunca registró los límites que le puso la mujer, se inscribió en la misma maestría que ella cursaba, buscaba formas de acercarse pese a la evitación de ella y, en la oficina que compartían, le revisaba la pantalla de la computadora, se sentaba a su lado en actitudes intimidantes. Como parte de sus atribuciones como funcionario público, le hacía saber que era el encargado de los trámites para la renovación del contrato anual de la víctima. 

Durante la cuarentena, el condenado le envió mensajes impropios y también le escribió a las 12 de la noche. Entonces, la mujer -que tenía 28 años- decidió denunciar ante las autoridades de la Universidad, por lo que se inició un proceso administrativo. Sin embargo, quien sufrió la discontinuidad de su contrato anual fue la denunciante.

"Todos los extremos apuntados facilitaron una relación desigual de poder,  circunstancia que debe ser ponderada en la presente causa al valorar la prueba  producida", dice Quiros en su sentencia.

El magistrado también hizo lugar a los pedidos del Ministerio Fiscal para que la Universidad dé trámite "urgente" a denuncias de este tipo, ya que el proceso tuvo sentencia después de cinco años, el 27 de marzo pasado. 

El fiscal solicitó que se respete "el derecho a la información de las víctimas con relación al sumario administrativo que se inicia cuando realiza una denuncia" y que se incorporen a los legajos de los empleados denunciados los sumarios administrativos y las resoluciones que se les impusieren, poniendo en conocimiento a las autoridades de la Universidad, para que se ajuste a la ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos.