José Eugenio Díaz (68), exintendente de El Brete, departamento de Cruz del Eje, en la provincia de Córdoba, fue condenado a tres años de prisión condicional por abusar sexualmente y coaccionar a seis mujeres entre 2002 y 2004. El exlegislador provincial por el radicalismo habría aprovechado su rol de autoridad, ya que los hechos juzgados ocurrieron cuando era jefe comunal.
La Cámara en lo Criminal y Correccional de Cruz del Eje lo encontró culpable de cuatro hechos de abuso sexual y cuatro de coacción contra seis mujeres que tenían 20 años en el momento de los hechos juzgados y, en su mayoría, trabajaban en la Municipalidad. En sus testimonios las víctimas aseguraron que les exigía mantener relaciones sexuales para entregarles planes sociales o garantizarles continuidad laboral.
Se realizó un juicio abreviado después de que el imputado confesara los hechos ocurridos en su despacho, aunque se opuso a una pericia psicológica. Con esto, el abogado defensor de Díaz y la fiscal del caso --Fiabiana Pochettino-- acordaron la modalidad del juicio y la fiscal pidió 3 años como pena, de los entre 2 a 32 años que permitía la ley.
Esta pena fue muy cuestionada por la sociedad local. Pablo Olmos, abogado de una de las querellantes criticó: "Hay convenios internacionales como Belém do Pará que exige sanciones proporcionales y efectivas para los delitos contra las mujeres. Hay fallos de la Corte Suprema que dicen que las penas simbólicas o irrisorias también son una forma de revictimizar". También resaltó que los 22 años que tardó la Justicia en fallar perjudicaron a las víctimas.
Uno de los testimonios denuncia que Díaz invitó a una de las mujeres a un hotel, le puso "sus manos, en la zona de los pechos, al tiempo que le expresó ‘que se abriera la ropa y le mostrara los senos'" y otro que intimidando amenazó "que no volvería a trabajar más, sino se acostaba con él, dándole a entender que de no acceder a mantener relaciones sexuales, esto último sería la consecuencia, vale decir, se quedaría sin trabajo y/o le daría de baja al plan social con que la misma contaba".
Una de las víctimas describió la situación a un canal local: "Con él todo era a cambio de sexo, nunca se ocultó. En ese tiempo no teníamos posibilidad de decir nada, porque era él quien manejaba todo". Además, añadió: "Para recibir los planes sociales teníamos que ir a su oficina, y ahí empezaban los comentarios o las amenazas sobre si continuábamos o no en el puesto". En uno de los testimonios, una de ellas aclaró: "era elegir entre hacer lo que él decía o perder el empleo y no poder alimentar a nuestros hijos".
La Cámara consideró acreditados los abusos y amenazas cometidas por Díaz y ordenó que deberá cumplir reglas de conducta durante cuatro años, entre las que se encuentran: mantenerse alejado de las víctimas, someterse a tratamiento psicológico y abonar una reparación económica de hasta 3,5 millones de pesos a cada una de las mujeres que aceptaron el acuerdo.
Olmos resaltó que Díaz aún "tiene un poder enorme en la zona. Uno de sus hijos es el actual intendente de El Brete; otro es presidente de la cooperativa del pueblo. Es evidente que tiene capacidad económica y política para evadirse".
De hecho, las primeras denuncias datan del 2002 y 2003, pero Díaz fue imputado por varios hechos, ya que se tomaron las pericias psicológicas correspondientes a las víctimas y se recaudaron pruebas suficientes. Olmos denunció que pese a que fue el tres veces intendente fue imputado en 2004, no fue indagado hasta hace tres años. El tribunal descartó la prescripción de los delitos por su tipología y por las sucesivas presentaciones de las víctimas ante organismos estatales a lo largo de los años.
Sólo uno de los cinco expedientes fue elevado a juicio: el resto permanece sin resolución, pese a los reiterados pedidos. El proceso judicial se aceleró en los últimos meses, tras la publicación de los testimonios de las víctimas y la visibilización mediática de la causa.
"Hace años que denuncio irregularidades. En 2021 presenté una denuncia formal ante la Fiscalía General, que derivó el caso a la Fiscalía de Cosquín. Pero esa fiscalía jamás investigó nada. Así llegamos a este desenlace 22 años después", destacó Olmos.
Por otra parte, el fallo ordenó enviar antecedentes para investigar un posible delito de un abogado que representó sucesivamente al acusado y a una de las querellantes.
Informe: Natalia Rótolo.