El gobierno de Santa Fe autorizó un incremento del 28% en el costo del boleto de colectivos interurbano de pasajeros. El decreto fue publicado en el Boletín Oficial, con fecha del 21 de agosto, y ya comenzó a regir en algunas empresas, mientras que en otras el incremento estará vigente en los primeros días de esta semana. En el caso del sistema SUBE, la actualización de la tarifa requiere validación técnica y demora aproximadamente 15 días.

La novedad se conoció a partir de la publicación del Decreto N° 1.792/2025, que lleva la firma del gobernador Maximiliano Pullaro, del ministro de Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini y del ministro de Economía, Pablo Olivares.

Desde el Ejecutivo justificaron la suba del 28% del boleto interurbano a partir de "la ratificación de la quita de subsidios de orden nacional, así como la variación en los costos de explotación (...) lo cual dificulta a las empresas del sector afrontar estos incrementos con el actual cuadro tarifario".

Este incremento del 28% en las tarifas del transporte interurbano se trata del segundo aumento en lo que va del 2025. La primera suba se registró durante los primeros días de enero pasado.

Desde el sector empresario manifestaron su descontento. "Creemos que debería ser mayor el aumento y que haya un sistema que no demore tanto la recomposición tarifaria. Lo ideal sería hacerla cada dos o tres meses para que el impacto tampoco sea tan brusco para el pasajero", opinó Rodolfo Wagner, presidente de la Asociación del Transporte Automotor de Pasajeros (Atap). 

Según los cálculos de los empresarios de transporte, en esta oportunidad, "el aumento debería haber sido de al menos un 35% para compensar el atraso que ya había del 15% en enero de este año", dijo Wagner.

También señaló que "el retraso en la aplicación de la tarifa impacta negativamente en la economía de las empresas, que han sufrido en su economía debido a la demora".

El decreto firmado por el gobernador y sus dos ministros puso entre sus considerandos "la incidencia de los mayores costos que se han producido a efectos de mantener en buenas condiciones la prestación de los servicios de transporte público de pasajeros, por constituir éste un servicio público esencial para la comunidad". 

El decreto afirma que "es necesario el dictado de medidas que coadyuven a compensar el incremento de los costos de funcionamiento y la quita de subsidios de orden nacional, posibilitando de esa forma la continuidad de las empresas prestadoras y, en consecuencia, la prestación de los servicios a los usuarios". 

El porcentaje de aumento que menciona el decreto es del 27,89% sobre "los últimos parámetros tarifarios a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial". 

Al mismo tiempo, establecen que "los importes de los pasajes resultantes de la aplicación de las franquicias vigentes deberán ser aprobados por la Secretaría de Transporte y Logística, debiendo tomarse para su cálculo las tarifas normales aprobadas, aún cuando mediaran bonificaciones o rebajas por parte del prestatario". 

Al mismo tiempo, cuando las líneas provinciales transiten por localidades con servicios urbanos de transporte de pasajeros, para esa localidad, se ajustará al máximo valor de tarifa de dichos servicios urbanos.