A fines de 2015 el gobierno desmanteló las leyes de democratización de la comunicación y sus entes regulatorios, reemplazando ese marco por una normativa de emergencia (que lleva 800 días) amparada en la urgencia de una ley de servicios convergentes de comunicación que integrara los mundos de la radiodifusión y las telecomunicaciones. Solo queda humo de aquellos argumentos.

Según anunció el presidente Mauricio Macri en la apertura de sesiones 2018 del Congreso “necesitamos una nueva ley sobre telecomunicaciones y tecnología de la información, que nos permita aprovechar los beneficios de la tecnología”.  En esa norma, agregó, habría lugar para todos, desde cooperativas a grandes empresas y se “garantizaría la neutralidad de las redes y la pluralidad de los contenidos”.

Es una consigna vieja. Todo eso ya estaba resuelto y legislado en la ley 27.078 (Argentina Digital) aprobada a fines de 2014.  Desde entonces rige la neutralidad, cooperativas y empresas tienen su lugar y las telefónicas podían dar televisión por cable. En todo caso faltaba una armonización normativa que integrase en un texto jurídico y en una autoridad competente el conjunto de servicios tecnológicamente disponibles vinculados con la cultura y la información. 

Pero el Presidente habló solo sobre telecomunicaciones y tecnología de la información y nada dijo sobre servicios audiovisuales, dejando rengo así el concepto de convergencia. No habrá entonces una ley de comunicaciones convergentes, sino lo que el Ministro de Modernización, Andrés Ibarra, anunció en el World Mobile Congress de Barcelona: una “ley corta” para que las telcos puedan dar TV satelital.

El DNU 267/15 liquidó AFSCA y AFTIC junto con los principios antimonopólicos de las leyes 26.522 y 27.078 bajo el pretexto de una ley “moderna” que integre “tanto la industria de los servicios de comunicación audiovisual (medios) como la de las denominadas tecnologías de la información y las comunicaciones (telecomunicaciones)” ya que éstas “permiten a los ciudadanos el libre ejercicio de los derechos a la libertad de expresión y de acceso a la información garantizados por la Constitución Nacional”, según sus fundamentos. 

También creó una comisión redactora que debía consultar en 180 días al público y al sector académico antes de mandar un proyecto al Congreso. Transcurridos más de dos años, apenas queda la polvareda de los anuncios y un borrador filtrado por uno de los constitucionalistas que integró el equipo gubernamental.

Mientras tanto, la televisión por cable se sustrajo de la regulación audiovisual, se gubernamentalizaron los entes, se crearon y disolvieron ministerios. El efecto concreto de tantas idas y venidas fue evitarle a Grupo Clarín la obligación legal de achicar su posición monopólica –avalada por la Corte Suprema en 2013–, al tiempo que favorecer su desembarco privilegiado en la telefonía móvil y fija mediante la compra de Telecom.

La contraprestación esperable por semejante concentración de poder en un solo operador consistía en permitir a los operadores telefónicos la competencia con Cablevisión (ahora Cablevisión /Telecom) en el terreno de la televisión satelital. El gobierno del PRO los había congelado por dos años en el cable y ahora pretendían un DNU compensatorio. Como novias despechadas en el altar, Telefónica y Claro quedaron esperando un decreto que nunca llegó.

Ahora sabemos que no habrá DNU para las telcos. Pero también sabemos que no habrá ley de servicios convergentes de comunicación. Toda la cháchara sobre la conveniencia de una regulación integrada con autoridad única “igual que en los países más avanzados” ha quedado como el cuento del tío.

Al proponer que sea el Congreso quien autorice a las telcos a dar televisión satelital, el gobierno arroja a los legisladores a la guerra de lobbies cruzados de Clarín, Telefónica y Claro, y se desentiende de una normativa integrada de servicios convergentes que cumplan las obligaciones sobre libertad de expresión y protección del patrimonio audiovisual como lo manda la Constitución Nacional en su articulado y como lo reconoció el mismo DNU 267/15.

La única convergencia que avanza es la de los negocios mientras los prestadores cooperativos y pymes son nuevamente extorsionados por los derechos de televisación del fútbol, la asignación discrecional de frecuencias, la cartelización del mercado y sin posibilidad de brindar servicios convergentes a sus asociados. El público, entretanto, carece de la protección básica de un marco normativo con fuerza de ley que garantice el acceso a la información, a los eventos de interés relevante y a la protección de la diversidad cultural.

* Docente de Derecho a la Comunicación.