Sáb 17.06.2006

SOCIEDAD • SUBNOTA  › LOS DETALLES DE LA INICIATIVA

Los padres, primero

No es la reforma agraria, pero si la medida se aprueba democratizará uno de los más tradicionales símbolos de la aristocracia: el doble apellido. En los próximos días, el gobierno nacional presentará en el Congreso un proyecto legislativo para que todos los recién nacidos lleven obligatoriamente tanto el apellido del padre como el de la madre. La modificación de la ley 18.248 también contempla eliminar las limitaciones para la elección de los nombres de pila, prohibiendo sólo aquellos de difícil fonética y grafía. Para el ministro de Interior, Aníbal Fernández, que trabaja en el tema desde 2004, la norma apunta a “fortalecer los derechos de los niños” y a consolidar la “individualización de la persona”.

La idea de modificar la Ley del Nombre, promulgada en 1969, se fue gestando a lo largo de tres reuniones en las que participaron los directores de los registros civiles de todo el país. El proyecto se cerró en la última, realizada en abril pasado en La Rioja. A partir de la semana próxima ingresará al Congreso y empezará a ser debatido en comisiones.

La nueva legislación dispondría que el apellido de los hijos esté compuesto por el paterno y el materno, en ese orden, siempre que el hijo sea reconocido por la madre y el padre. En caso de que el hijo no sea reconocido por su padre, llevará los dos apellidos de la madre, y si la madre posee sólo uno, entonces irá repetido. Si ese hijo después es reconocido por el padre, tendrá en primer lugar el apellido de la madre y luego el del padre. En próximas generaciones, cuando la mamá y el papá ya posean doble apellido, los hijos podrán llevar hasta cuatro apellidos simultáneamente.

Los cambios en la ley abrirían nuevas posibilidades para los matrimonios. Luego de un casamiento, los cónyuges, cualquiera de ellos, podrán optar por añadir el apellido del otro anteponiendo la preposición “de”.

Por otra parte, mientras que la 18.248 provoca discrepancias en cuanto a la autorización de la inscripción de nombres extranjeros, el nuevo texto solamente prohibirá aquellos nombres que tengan una difícil fonética y grafía. Además, se permitiría que los hermanos sean registrados con nombres idénticos, con la condición de que estén acompañados con otro que los identifique e individualice a ambos.

Para el ministro Fernández, uno de los impulsores del cambio, “el nombre es la individualización y la identificación de la persona, un derecho humano fenomenal”. El funcionario consideró que los cambios “corrigen cosas que antes no estaban claras”, como la cuestión de “quién tiene derecho a poner el nombre a los chicos, y ahora es indistinto”. Fernández destacó las diferencias con respecto a que “la ley vigente pone limitaciones para los nombres de pila, que ahora sólo se mantendrían para los nombres de difícil fonética o inscripción”.

“La ley anterior contenía un montón de rémoras y de errores. Esta propuesta tiene que ver con acercarnos a los derechos del niño”, indicó.

Nota madre

Subnotas

  • Los padres, primero

(Versión para móviles / versión de escritorio)

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS rss
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux