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El país|Domingo, 8 de julio de 2012

Las condenas más criticadas

Por Alejandra Dandan

En el juicio fueron juzgados Víctor Gallo y Susana Colombo por la apropiación de Francisco Madariaga. La querella de Abuelas había pedido 25 y 15 años respectivamente. El Tribunal los condenó por 15 y 5. La decisión fue criticada por las querellas, porque la pena de Gallo incluso fue menor a una condena de 16 que había puesto ese mismo tribunal antes para el caso de Víctor Rei, el apropiador de Alejandro Sandoval. Roque empieza la respuesta hablando de la diferencia entre los dos fallos.

–El tema es que hay dos tendencias: concurso real o ideal. Casi toda la tendencia, de D’Alessio, Zaffaroni, dice que hay una única intención, un sólo acto, y que por eso se cometen varios delitos. Eso es concurso ideal. Otros autores, y otras sentencias –y nosotros también en Rei lo dijimos–por un lado aplican el artículo 146, de retención y ocultación, que es un acto, y entienden que el delito de supresión de la identidad con falsificación es otro. Por lo tanto, son dos hechos que concurren realmente. Ahí sumás los máximos de la pena, y llegan a 25. Como tuvimos un planteo muy puntual de las defensas de Gallo y Azic para reverlo, lo hicimos. Y casi todos los autores más modernos dicen que es concurso ideal. Por lo tanto el máximo es 15.

–Las querellas no entendían por qué, incluso, fue menor a la de Rei.

–A Gallo le dimos el máximo. Y estuvimos trabajando mucho ese tema y terminamos convencidos de que es así. Cuesta dar vuelta una opinión, sobre todo en estas causas que son bastante profundas, y es el tema de los chicos, pero el trabajo fue muy concienzudo, se trabajó muchísimo. Yo sé que las victimas esperaban más con respecto a Gallo o Azic, pero les pusimos el máximo. A Gallo 15 y a Azic 14.

–En un contexto con penas de 50 años, penas de 15 o de cinco parecen muy poco.

–Lo que pasa es que acá yo tengo un solo hecho. Hay que tener presente que en los otros casos, a cada uno lo voy sumando. Es discutible, pero toda la doctrina más moderna va por ahí; es más ajustado siguiendo lo que vengo resolviendo en otras causas y vengo escribiendo en otros delitos. Con Colombo sé que no ha gustado. Lo siento mucho.

–¿Tuvieron en cuenta la posición como víctima de la violencia de género de la que habló ella y su defensa?

–Objetivamente no teníamos un dato para absolverla, por cuando cometió el hecho. Hay conducta; la calificación, entra. Ahora hay un aspecto que es la pena: el artículo del Código le obliga a uno a ver a quién está juzgando. Digamos que es la humanización del juez con el imputado. Si bien, cuando uno ve las otras causas, ve que casi ninguna (de las mujeres apropiadoras) llegó a juicio.

–Pero hubo condenas mayores.

–Sí, pero también hay distintas actitudes. Yo me pongo en el cuerpo, cabeza y sentimiento de Francisco Madariaga y lo entiendo, pero esto es una sentencia.

–Ella pudo haberle dicho antes que era o podía ser hijo de desaparecidos. ¿Eso no se pierde cuando la pena es mínima?

–Evidentemente hay una cuestión de violencia de género. Es una familia con mucho conflicto, lo vimos en el juicio. Pero hay determinadas actitudes, obvio que fueron 30 años, podría haber hecho otra cosa. No es disculpable, cometió el hecho, eso está claro. No la absolvimos. Pero hay algunas cosas: ella termina diciéndole: “no sos mi hijo”. Y esa actitud de alguna manera de acompañamiento (NdR: lo acompañó a la sede de Abuelas) también hay que verla. Es acompañamiento mínimo, pero va. Y realmente nadie tiene la obligación de autoincriminarse, pero esos factores hicieron mover un poco la pena. Igualmente, había otras cosas porque a ella no la acusamos por la falsificación de documentos, sí a él.

–¿Piensan en este tipo de condenas menores pueden alentar a otros a hablar?

–No lo pensamos así, pero, claro, habría que pensar mecanismos de alentar, porque sabemos que hay casos de chicos que no se animan, que están esperando que mueran sus apropiadores para ir y saber quiénes son. Ojo, esto no es una señal pensada, pero reflexionando podíamos decir que se debe a que, con la modificación del Código y la ley de desaparición forzada, las penas son muy altas.

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