El vacío legal en materia de “hackeo” era ya una preocupación años atrás, cuando surgieron varios proyectos de ley en el Parlamento nacional que no llegaron a prosperar. Sin embargo, ese vacío no es total: existe un fallo dictado en junio de 2000 por la Cámara de Casación Penal.
Sólo entre 1999 y 2000 se presentaron al menos ocho proyectos, de los cuales los más importantes fueron el del senador Eduardo Bauzá y otro elaborado por una comisión especial creada durante el gobierno de la Alianza. Mientras que el primero pretendía básicamente castigar el acceso no autorizado a una computadora, el uso ilegítimo de una clave personal y el envío intencional de virus por e-mail, entre otras cosas, con penas que iban de los 6 meses de prisión a los 6 años; el segundo planteaba establecer una “protección de derechos de los usuarios” y penalizar los “delitos cometidos por medios digitales”.
A pesar de que ninguno de éstos prosperó, existió un fallo relacionado con los e-mails que sentó jurisprudencia nacional: el de la Sala IV de la Cámara de Casación confirmando la resolución de la Cámara del Crimen respecto de la privacidad del correo electrónico y contra una publicación realizada por la revista XXI de Jorge Lanata. En ésta se habían dado a conocer sin autorización cinco e-mails enviados entre el propietario del desaparecido matutino Perfil, Edgardo Martolio, y uno de los directores. El fallo sostuvo que la violación del correo electrónico se equiparaba a la de la correspondencia tradicional.