Imprimir|Regresar a la nota
Miércoles, 29 de marzo de 2006
logo rosario

Entrega de DNI

Ante la toma de estado p煤blico de las demoras sufridas por 60.000 santafesinos que se encuentran tramitando su Documento Nacional de Identidad y que superan en mas de sesenta d铆as en el mejor de los casos y de acuerdo a numerosos reclamos que han llegado a la Defensor铆a del Pueblo, se verific贸 que los asociados al Autom贸vil Club Argentino, previo pago de las cinco primeras cuotas, pod铆an realizar la tramitaci贸n de su D.N.I. con una demora no mayor a los diez d铆as, a partir de un acuerdo suscrito entre el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y la conocida instituci贸n. Considerando este hecho como una flagrante discriminaci贸n, se llev贸 a cabo una presentaci贸n de Acci贸n de Amparo ante el juez federal H茅ctor Zucci, titular del Juzgado 1潞 de Rosario. Debe destacarse que aquellas personas que carecen de su D.N.I. se ven sometidas a diversos padecimientos, a saber, la imposibilidad de tramitar jubilaciones o pensiones, de obtener un trabajo, de beneficiarse con planes sociales, de ejercer el derecho de sufragio, de salir del pa铆s, o de acceder a la justicia. De esta manera, se produce la paradoja de que aquellos ciudadanos que tramitan el mencionado documento, se encuentran con la sorpresa que ni siquiera tienen el derecho de realizar la presentaci贸n judicial pertinente, siendo por ello, doblemente v铆ctimas de esta forma de discriminaci贸n. Adem谩s, el RENAPER incurre en otro modo de discriminaci贸n contra los santafesinos, debido a que, en algunos casos excepcionales y cuando el Registro Civil local lo autoriza, es posible obtener el DNI en la sede del RENAPER en Capital Federal en s贸lo 24 horas. En tal sentido, en la presentaci贸n judicial hecha por la Defensor铆a se solicita que se arbitren "las medidas necesarias para poner fin a la discriminaci贸n que implica que los ciudadanos que cuentan con dinero para viajar a tramitar su documento o sean socios del A.C.A., puedan acceder al DNI en un corto tiempo, a diferencia del resto de la poblaci贸n que sufre demoras de m谩s de seis meses." Entre los fundamentos jur铆dicos cabe destacar que resultan aplicables las siguientes normas: Arts. 16 y 43 de la Constituci贸n Nacional Argentina, que deben complementarse con las normas contenidas en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, de acuerdo al art. 25 inc.22 que le otorga jerarqu铆a constitucional, la Declaraci贸n Universal de los Derechos Humanos, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol铆ticos, la Convenci贸n Americana sobre Derechos Humanos y la Declaraci贸n Americana de Derechos y Deberes del Hombre y la Ley sobre actos discriminatorios N潞 23.592. Interpomenos esta acci贸n contra una metodolog铆a arbitraria e ileg铆tima que lesiona y restringe el derecho a la identidad y documentaci贸n de los santafesinos. Finalmente, la petici贸n de la Defensor铆a del Pueblo a la Justicia Federal es que se ordene al Estado Nacional "el cese en la omisi贸n y retardo en el suministro del Documento de Identidad proveyendo aquellos cuya mora en la entrega se haya operado y garantizando en el futuro la entrega en tiempo y forma".

Carlos Berm煤dez

Defensor铆a del Pueblo

Provincia de Santa Fe

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar|República Argentina|Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.