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Lunes, 5 de septiembre de 2016
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Con el nuevo C贸digo en la Justicia rosarina se duplicaron los tr谩mites por divorcio

Ahora s铆 que separarse es una papa

La avalancha de los primeros meses se atribuy贸 a que muchos esperaron la entrada en vigencia de la nueva ley para divorciarse.

Por Lorena Panzerini
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El divorcio ya no requiere motivaciones, ni audiencias de conciliaci贸n y puede ser unilateral.

Durante el primer a帽o de funcionamiento del nuevo C贸digo Civil de la Naci贸n, en la Justicia rosarina pr谩cticamente se duplicaron los tr谩mites por divorcio. Es que, seg煤n los datos aportados en la Mesa de Entradas Unica de ese fuero, entre agosto de 2014 y agosto de 2015 se iniciaron 1.974 causas de ruptura de matrimonios; mientras que de agosto de 2015 (cuando entr贸 en vigencia la normativa) a agosto de 2016, fueron 3.487. "Hasta diciembre pasado, todos los d铆as sac谩bamos decenas de sentencias de divorcios", revel贸 el juez de Familia N潞5, Marcelo Molina, cuyo juzgado cerr贸 m谩s de 700 casos en un a帽o. En tanto, a principios de este a帽o el ingreso de expedientes se "normaliz贸" a los niveles del viejo C贸digo. La avalancha de los primeros meses se atribuy贸 a que muchas personas prefirieron esperar la entrada en vigencia para iniciar su divorcio, ante las facilidades que la nuevo normativa le otorga al tr谩mite: ya no requiere de motivaciones, plazos ni audiencias de conciliaci贸n; y puede pedirse de manera unilateral. En tanto, las uniones convivenciales superaron ampliamente a los matrimonios, en el Registro Civil.

La nueva ley, que cumpli贸 un a帽o el mes pasado, signific贸 una simplificaci贸n en el tr谩mite de divorcio. "Hasta marzo pasado notamos el aluvi贸n, pero despu茅s empez贸 a estabilizarse a los niveles normales", se帽al贸 Molina.

El tr谩mite de divorcio trajo varias novedades. Una de ellas es que la infidelidad ya no cuenta como causal de culpabilidad contra la parte que haya cometido adulterio. Adem谩s, antes, los miembros de la pareja deb铆an exponer su vida en matrimonio ante un juez para lograr una resoluci贸n durante las audiencias que pretend铆an llegar a una conciliaci贸n y evitar ese divorcio.

Muchas de esas cuestiones parec铆an anticuadas desde antes de la entrada en vigencia de la ley, por eso ya no ten铆an validez en los Tribunales. En 2006, el juez Ricardo Dutto sent贸 precedente con un fallo que declar贸 la inconstitucionalidad del art铆culo que planteaba la necesidad de que pasaran tres a帽os del matrimonio para solicitar el divorcio, como expresaba el c贸digo de V茅lez Sarsfield.

En la actualidad, alcanza para iniciar el tr谩mite con que una de las partes lo pida. El otro miembro de la pareja es notificado por la Justicia sobre ese pedido, pero no tiene forma de impedirlo. Tambi茅n la pareja podr铆a presentar el requerimiento en conjunto y, para adelantar tiempos, adjuntar la propuesta reguladora que debe dar cuenta al magistrado de un arreglo de partes en cuanto a las cuestiones que, durante el matrimonio, realizaban juntos: el cuidado de los hijos, pago de deudas y otras cuestiones que ser谩n requeridas por la Justicia. "Si una pareja trae el pedido de divorcio y dice no tener bienes comunes, ni hijos, ni nada sobre lo que podr铆a generarse una controversia, el divorcio podr铆a salir enseguida", ejemplific贸 Molina, en su momento.

Al mismo tiempo, el nuevo C贸digo incluye la posibilidad de la compensaci贸n econ贸mica para una de las partes. Esto se da cuando uno de los miembros de la pareja, por ejemplo, pospuso su carrera profesional en pos del cuidado de sus hijos; mientras que la otra parte s铆 se desarroll贸 profesional y econ贸micamente. El miembro de la pareja que no logr贸 independencia econ贸mica podr谩 solicitar esa compensaci贸n. Un magistrado valorar谩, entonces, la desigualdad que quedar铆a evidenciada con el divorcio. La misma podr铆a ser temporal o permanente, seg煤n el caso.

Otra de las modificaciones del C贸digo, es que en el momento de casarse, la pareja podr谩 decidir entre el r茅gimen de comunidades gananciales (ya existente) y el de separaci贸n de bienes, en el que lo adquirido por cada uno queda para s铆, ante una separaci贸n. Ello podr谩 ser expuesto ante el juez, en el momento del casamiento; o posteriormente ante un escribano.

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