También deberán realizar el trámite aquellos que tengan cambios de otros parámetros, como ingresos brutos devengados y la energía eléctrica consumida, en 2011, y los "alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad hasta el último día del año anterior", añadió el comunicado, que aclaró que la diligencia se realiza a través de la página web de la Afip, utilizando la clave fiscal del usuario.
Respecto de los monotributistas de las categorías más altas -de la F a la L- y aquellos que son empleadores, el organismo recaudador indicó que "deben presentar una declaración jurada informativa correspondiente al tercer cuatrimestre de 2011". Los vencimientos para la recategorización se establecen de acuerdo a la numeración de la Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT), por lo que las que terminen en 0 y 1 tendrán vencimiento el 25 de enero; las que finalicen en 2 y 3 el 26 de este mes, las que concluyan en 4 y 5 el 27; las que terminen en 6 y 7 el 30 y las que finalicen en 8 y 9 el 31 de enero.
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