13:49 › AFIP

Plazo para la recategorización de monotributistas

El próximo 20 de enero será la fecha del vencimiento para la modificación de la declaración jurada que anualmente presentan quienes están registrados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, según informó la Administración Federal de Ingresos Públicos. Deberán declarar quienes hayan tenido variaciones en sus ingresos durante 2011 y estarán "correctamente categorizados" quienes se encuadren en la categoría "que corresponda al mayor valor de sus parámetros: ingresos brutos, magnitudes físicas o alquileres devengados", recordó el organismo recaudador.

También deberán realizar el trámite aquellos que tengan cambios de otros parámetros, como ingresos brutos devengados y la energía eléctrica consumida, en 2011, y los "alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad hasta el último día del año anterior", añadió el comunicado, que aclaró que la diligencia se realiza a través de la página web de la Afip, utilizando la clave fiscal del usuario.

Respecto de los monotributistas de las categorías más altas -de la F a la L- y aquellos que son empleadores, el organismo recaudador indicó que "deben presentar una declaración jurada informativa correspondiente al tercer cuatrimestre de 2011". Los vencimientos para la recategorización se establecen de acuerdo a la numeración de la Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT), por lo que las que terminen en 0 y 1 tendrán vencimiento el 25 de enero; las que finalicen en 2 y 3 el 26 de este mes, las que concluyan en 4 y 5 el 27; las que terminen en 6 y 7 el 30 y las que finalicen en 8 y 9 el 31 de enero.

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