El pedido oficial indica que "las medidas de acción directa adoptadas por el cuerpo de delegados de la Comisión de Reclamos de la Línea Sarmiento de la Unión Ferroviaria" son "ilegítimas e irregulares" y sostiene que “el trabajo a reglamento o quite de colaboración son medidas que disminuyen el ritmo normal de la prestación laboral bajo la apariencia del cumplimiento de las obligaciones del contrato de trabajo”.
El texto sostiene que "la doctrina y jurisprudencia mayoritaria consideran estas acciones como un ejercicio abusivo del derecho de huelga” y asegura que, por lo tanto, “constituyen una violación al deber genérico de conducta", previsto en el artículo 62 Ley de Contrato de Trabajo, "y de buena fe que debe primar en las relaciones laborales", según el artículo 63 de la misma norma.
Incluso, añade el documento, “se ha entendido que constituyen una violación lisa y llana de expresas garantías constitucionales consagradas en los artículos 14 y 17 de la ley suprema”.
“Todos los ciudadanos usuarios del servicio ferroviario tienen el derecho de uso y goce de este servicio público y toda vez que a la fecha el servicio se encuentra gravemente afectado por las ilegítimas medidas adoptadas”, por lo que “se solicita su inmediata intervención”, concluye la presentación.
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