DEPORTES › SOSPECHAS DE OPORTUNISMO PARA SANCIONAR AL TENISTA

Oscura coincidencia en el caso Cañas

La durísima sanción contra el tenista argentino ocurrió mientras la ATP negocia adherir al Código Mundial Antidoping que impone el Comité Olímpico Internacional. ¿Fue el jugador un chivo expiatorio?

 Por Gustavo Veiga

El caso Cañas, por sus irregularidades y contradicciones, coloca al deporte una vez más ante el dilema de qué, cómo y cuándo sancionar infracciones por doping. Si a menudo se dice que la Justicia ordinaria es lenta, entonces resulta incomprensible que una violación a las normas deportivas se castigue casi seis meses después. Un discutible sentido de la oportunidad también enturbia la decisión que tomó la ATP. Porque esta asociación estaría por firmar el riguroso Código Mundial Antidoping de la WADA, con la que habría querido parecer creíble, cuando en el pasado y ante situaciones semejantes no lo fue.
Esta falta de equidad, originada en cuestiones políticas –y que el tenista aduce en su descargo–, no lo exime de responsabilidad. Porque Cañas, además de tomar un diurético (prohibido porque elimina otras sustancias a través de la orina), se apresuró a comentar que lo involucraba un proceso de doping y se escudó en que otros tenistas, en su misma situación, recibieron castigos menores o ni siquiera se divulgaron sus análisis positivos. Lo que puede indicar que en la ATP hay hijos y entenados, pero también que las malas artes dominan el paisaje de la raqueta.
Cuando el 5 de agosto, David Howman, el director general de la Agencia Mundial Antidoping (WADA), visitó la Secretaría de Deporte, tomó contacto con la Comisión Nacional Antidoping, que preside el periodista Daniel Jacubovich. El neocelandés, un ex tenista, además de elogiar al laboratorio que funciona en el Cenard, dejó entrever que un acuerdo sobre doping entre su organización y la ATP resultaba inminente. Este hecho, que implica la adhesión del sindicato y patronal de jugadores profesionales al Código Mundial Antidoping, sugiere cómo el oportunismo resultó determinante para suspender a Cañas con la pena máxima de dos años por su primera infracción.
Ese tiempo de inhabilitación obtuvo consenso en la conferencia mundial sobre doping que se desarrolló en Lausana, Suiza, en 1999. Todavía restaban cinco años para que el británico Greg Rusedski, a principios del 2004, desatara un escándalo cuando se enteró de que estaba bajo un proceso igual al que sometieron a Cañas. El tenista inglés no era el único a quien le habían detectado nandrolona, un esteroide anabolizante que aumenta la fuerza, la velocidad y hasta la agresividad entre los deportistas. Había 46 casos más y Richard Ings, el actual presidente del Comité Antidoping de la ATP, recordó que el argentino había sido uno de ellos. Lo hizo durante el proceso que acaba de condenar a Cañas. O sea, mucho tiempo después.
Estas actitudes le restan legitimidad al fallo y, sobre todo, ponen en un aprieto a sancionadores y sancionados. Hay varias preguntas que exigen respuesta: si la Corte Arbitral del Deporte (CAS) absolvió a Rusedski cuando apeló los dos años de suspensión por consumir nandrolona y, además, cuestionó los controles de la ATP, ¿qué hará cuando Cañas recurra a ella? ¿Por qué el tenista fue notificado de que sería juzgado por doping, recién el 13 de mayo, cuando se le tomó la muestra en el torneo de Acapulco el 21 de febrero? ¿Por qué el ATP Tour tiene un programa antidoping propio para el tenis desde 1990? ¿Por qué lo mantiene si, desde el 1º de enero del año pasado, la WADA unificó normas para los Juegos Olímpicos de Atenas donde se jugó al tenis?
La organización antidoping, que abrirá una nueva sede para América del Sur en Uruguay, es sostenida por el Comité Olímpico Internacional (COI) y los gobiernos de los países, por partes iguales, pero no pudo obligar hasta ahora a poderosas asociaciones deportivas a cumplir con su Código de 56 páginas. Sin embargo, el paso de Howman por Buenos Aires permitió conocer que esa falta de cooperación podría modificarse. Y que no sólo la ATP sino también la exclusiva NBA estarían a punto de firmar el texto sagrado de la WADA.
En ese contexto se conoció la sanción a Cañas, quien fue sometido a uno de los 1500 controles de orina que la Asociación de Tenistas Profesionales previó para el 2005. El año pasado se realizaron exactamente 1501 controles (1002 a varones y 499 a damas), con una frecuencia a los diez jugadores mejor clasificados de 6,3 veces por cada uno. En total se sometió a estudio a 474 hombres y 190 mujeres. Son estadísticas de la propia ATP, que también aduce realizar muestras fuera de competencia.
En la Argentina, cuando la Comisión Nacional Antidoping les pidió este año a las diferentes federaciones informar si contaban con un registro de atletas sancionados o bajo proceso por consumo de sustancias prohibidas en el 2005, la Asociación Argentina de Tenis consideró que no había deportistas en esa condición. A escala mundial, según Rusedski, Cañas y quizás otros tenistas que piensen igual pero no lo manifiestan, el sistema de controles de la ATP, tal como está, ha colapsado. Ellos se encargaron de arrojarle encima un manto de sospecha. Y también la CAS, cuando le dio la razón al tenista británico.
Para Guillermo Cañas, el que le aplicaron es un fallo político. Deberá devolver 276.070 dólares, perderá 525 puntos del ranking como singlista y 95 como doblista, y recién podrá regresar a la actividad el 11 de junio de 2007. El Código de la WADA, en su traducción al castellano, sostiene en su artículo 2º que “los deportistas son responsables de la presencia de cualquier sustancia prohibida, de sus metabolitos o marcadores, que se detecten en sus muestras físicas. Por lo tanto no es necesario que se demuestre el uso intencionado, culposo o negligente, o el uso consciente por parte del deportista para poder demostrar una infracción antidoping...”.
Que un tenista o cualquier atleta alegue que no tuvo intención de buscar un beneficio en la competencia no es tomado en cuenta por los jueces. Bajo el argumento que esgrimió Cañas, acerca de su congestión y dolor de garganta, o la responsabilidad que pueda atribuírsele a un médico, habría pleitos que demorarían años si aceptaran que la intencionalidad debe ser evaluada. Por lo tanto, las federaciones deberían guardar mucho dinero para pagar un juicio cuando lo perdieran. Ese es el costo económico que tratan de evitar, desde el Comité Olímpico hasta la última asociación. Para eso crearon la CAS. Aunque antes tienen que ponerse de acuerdo en un tema tan delicado como el doping.

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Guillermo Cañas fue suspendido por la ATP por dos años, hasta junio del 2007.
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