ECONOMíA

Justicia laboral

La Justicia laboral ratificó ayer una sentencia que considera inválidas a las sumas abonadas “como no remunerativas” por una cadena de supermercados dentro de los convenios colectivos de trabajo, a los que tacha por inconstitucionales. El fallo fue dictado por la Sala II de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, que resolvió un planteo de un grupo de trabajadores contra una cadena de supermercados por “diferencias de salarios”. La empresa había sido condenada en primera instancia al pago de unos 55 mil pesos en concepto de diferencias salariales. Pero la firma demandada se quejó ante el tribunal superior por entender que no formaban parte del salario “las sumas abonadas como no remuneratorias en función de acuerdos suscriptos entre la Faecys, la Udeca, la CAME y la CAC”, entidades que agrupan a los sectores laboral y patronal del rubro mercantil.

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