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Pesificación a privados

En virtud de un artículo añadido a última hora en el proyecto que modifica la Ley de Quiebras, votado anoche por el Senado, quienes hayan contraído préstamos hipotecarios con entidades no financieras tienen alguna esperanza: si el proyecto prospera, sus obligaciones serían pesificadas al tipo de cambio de un peso por dólar.
“No es justo que el vecino que vive al costado de una calle en un barrio tenga el beneficio de la pesificación 1 a 1 y el que vive en la vereda de enfrente tenga que negociar sobre la base de un precio mayor”, argumentaba ayer ante este diario el senador José Luis Gioja, promotor de un cambio que valió duras discusiones con el ministerio de Economía.
El texto del proyecto al que la Cámara alta le daba anoche media sanción establece que “el Poder Ejecutivo dispondrá medidas tendientes a disminuir el impacto...” producido por la devaluación. Según la ley que dispuso el fin de la Convertibilidad, la de Emergencia Pública, sólo podrían tener aquella prerrogativas los créditos hipotecarios de hasta 100 mil pesos otorgados por bancos. Pero el resto de los endeudados que hubieren acudido a cooperativas, mutuales o escribanías quedaban sujetos a la suerte de una negociación futura. Ahora, la modificación al texto del artículo 6to. de aquella ley incluye a los contratos entre privados por compra o refacción de vivienda. También abarca, entre los beneficiarios, a “las deudas contraídas por personas físicas en su carácter de asociados a sociedades cooperativas o Asociaciones Mutuales, que haya tenido por origen y por fin la adquisición, construcción, refacción y/o ampliación de vivienda única y familiar”. En cambio, excluye de la pesificación “uno a uno” a los préstamos entre privados de carácter personal, prendario o a personas físicas con características de pymes.

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