EL PAíS › LA CáMARA DE CASACIóN CONFIRMó EL SOBRESEIMIENTO DE ENRIQUE ALBISTUR

La fiscalía no tenía legitimidad

El ex secretario de Medios fue sobreseído en una causa por supuestas irregularidades en el otorgamiento de publicidad. Casación entendió que la FIA no cumplió los requisitos para apelar el fallo de primera instancia.

La Cámara Nacional de Casación Penal resolvió hacer lugar al planteo del ex secretario de Medios de la Nación Enrique Albistur y dejó firme el sobreseimiento dictado por el juez de primera instancia Norberto Oyarbide en la causa por irregularidades en el otorgamiento de la publicidad oficial. El tribunal conformado por Guillermo Yacobucci, Luis García y Gustavo Mitchell entendió por unanimidad que la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, entonces a cargo de Manuel Garrido, no cumplía los requisitos de legitimidad para apelar el fallo de primera instancia, ya que la causa no se había originado en la FIA. Entonces, dejó sin efecto el fallo de la Cámara en lo Criminal y Correccional que había revocado la sentencia de Oyarbide.

La causa contra Albistur se inició por una denuncia del abogado Enrique Piragini, a mediados de septiembre de 2007, en la que se lo acusó de irregularidades en el manejo de pauta oficial. En aquel momento, el fiscal a cargo consideró “prematuro efectuar un requerimiento de instrucción con los escasos y difusos elementos contenidos únicamente en las fotocopias de una revista periodística”. Sin embargo, la Justicia solicitó información a la FIA sobre la realización de investigaciones vinculadas con el manejo de fondos públicos destinados a publicidad. Garrido reveló que llevaba adelante un procedimiento relacionado con el objeto de esa causa y aportó los datos de su expediente. Finalmente, el fiscal Luis Comparatore postuló en mayo de 2009 el sobreseimiento de Albistur, a lo que Garrido se opuso e intentó continuar la investigación.

Dos semanas después, Oyarbide sobreseyó al funcionario, medida que fue apelada por el titular de la FIA y concedida por la Cámara en lo Criminal y Correccional en noviembre del año pasado. En esa sentencia, la Cámara entendió que la Fiscalía de Investigaciones Administrativas podía intervenir en causas judiciales contra funcionarios públicos, “cualquiera haya sido la vía de inicio de las actuaciones”. La Cámara de Casación, en cambio, resolvió en sentido contrario, considerando que es necesario que la causa sea “originada en denuncia o prevención sumaria de la Fiscalía Nacional de Investivaciones Administrativas”.

Esta discusión en torno de las facultades del titular de la FIA, establecidas en el artículo 45 de la ley de Ministerio Público, fue el detonante de una intensa pelea entre Garrido y el Procurador General de la Nación, Esteban Righi, que desencadenó la salida del funcionario del cargo. La sentencia será remitida al juzgado de primera instancia y, dada la renuncia de Garrido a la fiscalía, será su reemplazante, Guillermo Noailles, quien deberá analizar si presenta un recurso ante la Corte Suprema. En tanto, Albistur y su ex pareja, la periodista Daniela Ferragut, quedaron sobreseídos.

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Enrique Albistur, ex secretario de Medios, cuenta con un fallo firme del juez Oyarbide.
Imagen: Enrique García Medina
 
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