EL PAíS › CASACIóN PRECISó ALCANCES DE SU FALLO EN EL CASO NOBLE, PERO IGUAL HABRá APELACIONES

Una aclaración insuficiente

El tribunal flexibilizó la posibilidad de cruzar las muestras de ADN. Incluso un juez dijo que había que analizarlas con todo el BNDG. Las Abuelas, la fiscalía y las familias querellantes apelarán a la Corte.

 Por Irina Hauser y Raúl Kollmann

La Sala II de la Cámara de Casación Penal admitió que había contradicciones en la resolución que acotaba temporalmente el entrecruzamiento de los perfiles genéticos de Marcela y Felipe Noble Herrera a un grupo de familias de desaparecidos, pero no aceptó anularla. Lo que hizo fue sacar una rectificación pocas horas después de que Abuelas de Plaza de Mayo, las dos familias querellantes y el fiscal Raúl Pleé se presentaran para plantear que los votos de los tres jueces eran distintos y, por ende, no había una mayoría. En “aclaratoria” el tribunal mantuvo el límite para el cotejo, aunque lo flexibilizó y precisó que deben entrar en el estudio todos los casos donde existen dudas sobre la fecha de desaparición. Para las querellas y la fiscalía la corrección es insuficiente porque la ley establece que la comparación de las muestras de ADN se debe hacer con todo el Banco Nacional de Datos Genéticos. Además, sostienen que la fecha que los camaristas utilizan como bisagra, que es la de entrega en guarda de los niños a la dueña de Clarín, surge de un expediente en su mayor parte falsificado. Por todo esto van a recurrir a la Corte Suprema.

La orden de extracción de muestras de material genético (sangre, piel, saliva u otros) de los hijos adoptivos de Ernestina Herrera de Noble para determinar si son hijos de desaparecidos sigue en pie. La corrección o “aclaratoria” que hicieron los jueces de Casación se refiere al otro punto clave del fallo: el que restringe el cotejo del ADN a un grupo de familias. En su primera versión, en un párrafo “resolutivo” de la sentencia, el tribunal decía que la comparación quedaría limitada a las muestras genéticas aportadas por “parientes de personas detenidas o desaparecidas –con certeza– hasta el 13 de mayo de 1976”, en el caso de Marcela, y “hasta el 7 de julio” de ese mismo año, en el caso de Felipe. Cuando las querellas y los fiscales leyeron el fallo en detalle, advirtieron que ésa era la postura de uno solo de los jueces, Yacobucci, pero García planteaba una fórmula más amplia y Madueño, aunque se acercaba a la primera, hablaba de la fecha de nacimiento “presunta” de Marcela y Felipe, que es un dato inexistente.

El nuevo fallo toma como referencia las mismas fechas, pero usa el criterio de García, que abarca todo el BNDG, “excluyendo” del entrecruzamiento los perfiles de ADN aportados por parientes de detenidos o desaparecidos “con certeza” con posterioridad a esas fechas. La fiscalía les había reclamado a los jueces que precisaran a qué se referían al hablar de “certeza”, cuando es sabido que en muchos casos no se conocen fechas exactas de de- sapariciones. Pero los camaristas dijeron que la “certeza” sobre fechas la deberá determinar la jueza de primera instancia, Sandra Arroyo Salgado. De todos modos, resolvieron que cuando prevalecen dudas al respecto, “entonces los perfiles de ADN de las muestras aportadas por familiares de detenidos o desaparecidos no quedan excluidas de la comparación”. A su vez establecieron que, si en algún momento entrara en duda la fecha de iniciación de los expedientes de abandono y guarda de Marcela y Felipe Noble Herrera, podrían cambiar nuevamente los parámetros. En todo esto, convergieron Yacobucci y García. Madueño, sorpresivamente, cambió su postura y dijo que el cruce se debe hacer con todo el BNDG.

En un comunicado, la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de causas por violación a los Derechos Humanos durante el terrorismo de Estado sostuvo que, “a pesar de esta aclaración que hace la Cámara de Casación, el fallo sigue teniendo graves defectos: por un lado, tomar por ciertas las fechas que surgen de expedientes de adopción muy cuestionados; en segundo lugar, excluye indebidamente el perfil genético de personas detenidas o desaparecidas con posterioridad a esas fechas. Esto no tiene sentido, porque es posible que se dé el caso de padres que hayan desaparecido tiempo después de la apropiación de sus hijos (por ejemplo, los hijos pueden haber quedado con amigos u otros familiares y haber sido apropiados antes de la desaparición de los padres). La ley 26.548 es clara en que la comparación hay que hacerla con todo el banco y los jueces han prescindido de esta ley arbitrariamente”.

Alan Iud, abogado de Abuelas de Plaza de Mayo, le explicó a Página/12: “Si bien este fallo mejora nuestras posición porque flexibiliza el límite para la comparación de ADN, sigue apartándose de la ley del BNDG, que dice que el entrecruzamiento se debe hacer con todo el banco. Los jueces siguen sin justificar por qué se apartan de esa norma”.

“Además –agregó–, si bien admite que pueden plantearse dudas sobre la fecha de guarda de Marcela y Felipe, sigue tomando como válidos los expedientes judiciales de ese trámite, que contiene elementos falsos.” Aquellos expedientes, como ya publicó este diario, incluyen testigos falsos y hasta nombres inexistentes, como el de la mujer que se supone que entrega a Felipe en adopción, que además figura con el DNI de un varón.

En el BNDG hay muestras de ADN de 198 familias de chicos que aún no fueron restituidos, informó Iud. Según calculan en Abuelas, en el cotejo de Casación entrarían 36 familias para Felipe y 23 para Marcela, a las que se sumarían los casos donde haya fechas dudosas. Como sea, el posible listado excluye a la familia Lanouscou-Miranda, una de las querellantes. El abogado Pablo Llonto, que la representa, al igual que a los Gualdero-García, había planteado directamente la nulidad del tramo del fallo que ponía el límite temporal, basándose en que estaba compuesto por tres posiciones distintas, lo que lo hacía carecer de fundamento. Los camaristas rechazaron ese reclamo. “Vamos a ir a la Corte Suprema porque el nuevo sigue siendo un fallo con trampa y que se aparta de la ley”, le dijo a este diario. Lo mismo anunciaron que harán las Abuelas y la Fiscalía. Tienen tiempo hasta el 16 de junio, igual que los abogados de, Marcela, Felipe y la dueña de Clarín. Entonces será momento de grandes definiciones en el alto tribunal.

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Las Abuelas de Plaza de Mayo sostienen que no se justifica que los jueces se aparten de la ley del BNDG.
Imagen: Télam
 
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