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Los sobornos en el Senado

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las absoluciones del ex presidente Fernando de la Rúa (foto) y los otros siete ex funcionarios y senadores que fueron acusados por pagar y cobrar coimas para la aprobación de la Ley de Flexibilidad Laboral en el año 2000. La Sala I de ese tribunal, integrada por los jueces Ana María Figueroa, Mariano Borinsky y Norberto Frontini, consideró que a los acusados les cabía “el beneficio de la duda” porque no hubo pruebas que acreditaran su participación y los roles que les adjudicó el arrepentido Mario Pontaquarto. Figueroa y Frontini dijeron que existió “un estado de duda incompatible para llevar un juicio de incriminación penal para lo cual hubiera sido necesario demostrar la responsabilidad” de los imputados en los hechos juzgados. Se trata, sin embargo, de una diferencia importante con lo que había resuelto el Tribunal Oral Federal 3, integrado por los jueces Miguel Pons, Guillermo Gordo y Fernando Ramírez, en el momento de juzgar los hechos. Estos jueces dijeron que los delitos denunciados “sin lugar a duda” no existieron. Es decir, no afirmaron que no había pruebas de la participación de los acusados en el delito del soborno, sino que nunca se produjo el soborno. Y argumentaron que la causa se había armado en base a una “disparatada versión, construida sobre la base de un anónimo difamatorio”. Los jueces de Casación, en cambio, afirmaron que no hubo pruebas para fundamentar la acusación que había hecho Pontaquarto. De todas formas, quedaron confirmadas las absoluciones de De la Rúa, Fernando de Santibañes, Alberto Flamarique y de los ex senadores Augusto Alasino, Remo Constanzo, Ricardo Branda y Alberto Tell y de Pontaquarto.

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