EL PAíS › ONCE MILITARES IMPLICADOS EN EL PLAN CONDOR BENEFICIADOS POR LEY

Represores libres y todavía sin condena

Con una resolución polémica, la Cámara Nacional de Casación Penal decidió excarcelar a once militares detenidos por la megacausa del Plan Cóndor. El beneficio alcanzará, entre otros, a Ramón Díaz Bessone, Jorge Olivera Rovere y Santiago Omar Riveros, el único que podría lograr la libertad efectiva. Fuera de él, el resto continuará formalmente detenido por otras causas. A criterio del tribunal, la libertad no entorpece las investigaciones de la Justicia ni huirán. La mayoría llevaba más de dos años detenidos sin condena. Como sucedió el año pasado, Casación los benefició con la interpretación del carácter “restrictivo” y “excepcional” de la prisión preventiva, una medida polémica que puede abrir las puertas de futuras excarcelaciones.

La resolución de la Sala IV del máximo tribunal penal no sorprendió a los organismos de derechos humanos que impulsan las investigaciones sobre el terrorismo de Estado. El año pasado, la Sala III de Casación había dispuesto la libertad de Carlos Rolón en términos parecidos, en el marco de la causa de la Escuela de Mecánica de la Armada, aunque el marino quedó detenido poco más tarde por otra causa. Lo mismo sucedió en octubre, con un fallo de la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones que dispuso el cese de la prisión preventiva de ocho imputados, en la causa por el plan sistemático de apropiación de menores. Entre ellos liberó a Jorge Videla, detenido por otras causas.

En ese momento, esa serie de medidas dio lugar a un llamado de atención de los organismos de derechos humanos que advirtieron sobre la necesidad de acelerar los procesos judiciales pendientes para evitar nuevas excarcelaciones.

En este caso, los once nuevos beneficiados son, entre otros, los militares Eugenio Guañaben Perello, Leopoldo Flores, Juan Pablo Saá, Bernardo Menéndez, Eduardo D’Elio, Carlos Tragant, Olivera Rovere, Rivero, Carlos Landoni, Díaz Bessone y Ernesto Alais. Están procesados como partícipes necesarios de la asociación ilícita que llevó adelante la coordinación del aparato de represión de los gobiernos sudamericanos a partir de mediados de la década del ’70.

Hasta ahora las excarcelaciones habían sido rechazadas por el juez federal Guillermo Montenegro en primera instancia y por la Sala I de la Cámara Federal porteña. Para ambas instancias existía “peligro de fuga” y su libertad podía “entorpecer” la investigación. En contraposición, Casación ahora rechazó esos argumentos luego de invocar el carácter restrictivo de la prisión preventiva. “La prisión preventiva –dijeron– es una medida cautelar excepcional” y “no corresponde hacer distinciones en cuanto a la gravedad de los hechos investigados”.

Los tres integrantes del tribunal –Gustavo Marcelo Hornos, Ernesto Riggi y Ana María Capolupo de Durañona y Vedia– tomaron la decisión en términos semejantes. Hornos precisó, además, que la medida “desvirtúa la naturaleza cautelar de la prisión preventiva al convertirla en una pena anticipada”, cuando toda persona se presupone “inocente hasta que se demuestre lo contrario”. Pero la resolución no termina allí, incluye un párrafo en el que se asegura que “en la actualidad se han erradicado definitivamente del seno de las Fuerzas Armadas las actitudes corporativas dirigidas a evitar las consecuencias penales de las conductas ilícitas”.

Aunque una parte de los querellantes apelarán la decisión, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) no lo hará. Lo mismo sucederá con Alcira Ríos, otra de las impulsoras de la causa. “No podemos ir en contra de lo que dice la ley –explicó–; aunque emocionalmente no estamos de acuerdo, jurídicamente no se puede decir lo mismo.” Uno de los detenidos, Juan Pablo Saá, lleva sólo 14 meses detenidos, sin embargo la mayoría lleva más de dos años detenido sin condena y hay casos de más de seis años. Frente a esa situación, los organismos insisten en la necesidad de acelerar los procesos para no vulnerar garantías constitucionales. Mientras tanto, dice Alcira Ríos nuevamente, “éticamente nosotros no podemos cuestionar las garantías que la ley ofrece”.

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El juez Guillermo Montenegro.
 
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