SOCIEDAD › LA APROBARON EN EL CONGRESO

Ley de acoso en Uruguay

Los diputados uruguayos dieron ayer la media sanción que faltaba al proyecto para “prevenir y sancionar el acoso sexual” en los ámbitos laboral y educativo, con lo que desde ahora Uruguay cuenta con una ley al respecto que, además, contempla hasta la previsión de indemnizaciones para las víctimas. De acuerdo con el vocero de la Cámara, Alberto Candeau, “hubo un solo legislador que no la votó”, a diferencia de lo que había sucedido en junio, cuando el Senado dio media sanción por unanimidad. En los próximos días, el texto será remitido al Poder Ejecutivo, para que lo promulgue y la ley comience a regir, con el peso de la definición de acoso: “Una de las lesiones más graves al derecho a la igualdad”.

El proyecto, que fue impulsado por los ministerios de Trabajo y Seguridad Social, de Educación y Cultura y de Desarrollo Social, señala que el acoso sexual es también una forma de “discriminación” y “abuso de poder”, capaz de infringir en las víctimas daños graves, como “profundas distorsiones en la salud física y mental”. El acoso es “una lesión a los derechos fundamentales de trabajadores y trabajadoras: el derecho a la no discriminación y el derecho a la intimidad, relacionado con el derecho a la dignidad, el derecho a la seguridad y a la salud en el trabajo, el derecho a la libertad sexual y el derecho a trabajar en un ambiente libre de violencia”, reza la nueva ley.

Sin incurrir en desmedro de las acciones administrativas y penales que puedan corresponder de manera complementaria a la denuncia de acoso sexual, las víctimas deberán ser indemnizadas por “daño moral” con un monto de dinero equivalente a seis meses de salario. Si el acoso termina configurando una situación de despido indirecto, será considerado abusivo, lo cual duplica la indemnización. Para los funcionarios públicos, el cometerlo se considerará “falta grave”. Desde 2004 hasta ahora, en Uruguay se realizaron 17 denuncias por acoso sexual, de acuerdo con la Inspección de Trabajo.

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