SOCIEDAD › LAS MáSCARAS ANTIINCENDIO EXIGIDAS POR EL GOBIERNO PORTEñO PARA EDIFICIOS

No pasan la prueba del humo

El INTI reveló que ninguna de las máscaras que se comercializan en el mercado local es eficaz para proteger al usuario en caso de incendio. En noventa días deben tenerlas todos los edificios para uso de sus encargados y personal de seguridad.

En menos de 90 días, todos los edificios porteños deberán contar con máscaras de escape y protección respiratoria para el personal de portería y de seguridad, para utilizar ante posibles casos de incendio, según lo dispuso el gobierno porteño. Sin embargo, ayer el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) advirtió que las máscaras de evacuación antihumo que se fabrican en el país son “inapropiadas” y generan “riesgos adicionales a los que se pretende evitar”, ya que no protegen en forma eficaz del acceso de humo. El organismo señaló que en 2010 recomendó a las dos empresas fabricantes suspender la comercialización del producto. “Son elementos con precarias e insuficientes evaluaciones técnicas que permitan respaldar su utilización, y no demostraron el cumplimiento de requerimientos básicos de la prestación que deben cumplir”, advirtieron mediante un comunicado.

La obligación de contar con estas máscaras fue reclamada por el Sindicato Unico de Trabajadores de Edificios de Renta Horizontal (Suterh), desde donde se cursó una nota a la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor porteña. Según consta en la Disposición 2246/2011 de esta Dirección, que obliga a contar con las máscaras, el Suterh expresó su preocupación por revertir la “situación de indefensión” de los porteros, quienes ante un incendio en el edificio donde trabajan, “son los primeros que concurren en auxilio de los habitantes del consorcio, con el consiguiente riesgo de vida que ello implica”.

Más allá de la buena voluntad de la norma, en el INTI afirmaron que los dos proveedores de las máscaras en el mercado local están lejos de cumplir con la calificación IRAM 3661, del 2003. “Uno de ellos las vende con respaldo técnico de 1978 y dicen que tienen pruebas de ensayo del INTI, pero esas pruebas fueron hechas sobre la lona con la que hacen las mascarillas, y no sobre el equipo completo”, describió una fuente del Instituto. La otra empresa, agregó, pidió una prueba técnica en abril del año pasado: “Como no cumplían con la norma IRAM, no se realizó, para no poner en riesgo al personal del INTI”.

En concreto, este segundo fabricante no cumplía con los puntos 6.4 (fugas) y 6.5 (capacidad de filtración de gases) que establece la norma. Según la fuente consultada por este diario, la conclusión del Instituto es que estas máscaras antihumo tenían problemas con la colocación y la sujeción. Como estos elementos son para personas que no se especializan en incendios, lo que suele ocurrir es que hagan fuerza para respirar “porque los filtros, que son muchos, hacen que el aire entre muy despacio”. “Al no quedar bien sujetadas al cuello, el humo entraría por ahí”, explicó el vocero.

La idea de exigir el equipamiento con las mascarillas es que los porteros y los guardias de seguridad, en caso de incendio, puedan evacuar a los habitantes de un edificio sin intoxicarse por el humo. “Para hacerlo, tienen que comunicarse entre ellos y con otras persona. Acá aparece otro problemas. Las máscaras que hay en el mercado local disminuyen la capacidad auditiva del que las usa, en contra de lo que exige la norma IRAM”, destacó la fuente del INTI. “Encima nos dimos cuenta de que con sólo ponerse la máscara un ratito, aunque no haya humo, se empaña el visor”, agregó.

Otro peligro potencial reside en el supuesto poder evacuatorio que cree tener quien posea alguna de estas máscaras. Tranquilamente, un portero puede animarse a realizar maniobras en una situación de emergencia, confiando en que funciona correctamente el dispositivo antihumo. “Por todos estos inconvenientes instamos a las empresas a que no comercialicen el producto”, comentaron en el INTI.

Desde el organismo recomendaron ayer a la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor porteña que reconsidere la entrada en vigencia de la Disposición en cuestión y profundice el análisis técnico de la problemática para que “permitan realmente velar por la seguridad de los habitantes”.

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La obligación fue impuesta por la Dirección del Consumidor a pedido de los encargados de edificios.
Imagen: DyN
 
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