SOCIEDAD › EL MARTES ENTRA EN VIGENCIA LA LIBERACION DE LA VENTA DE MARIHUANA

Cuenta regresiva en Uruguay

Los consumidores registrados podrán comprar hasta 10 gramos de cannabis por semana en farmacias, con un máximo de 40 por mes. El costo por gramo será de alrededor de un dólar. La droga se producirá en un predio militar secreto. Habrá clubes cannábicos.

En Uruguay, el martes próximo entrará en vigencia el decreto que regulará el mercado de cannabis, anunció el prosecretario de la Presidencia, Diego Cánepa. Algunos detalles del texto, que el lunes será firmado por el Consejo de Ministros y estipulará cómo se aplicará la ley de consumo y comercialización de marihuana aprobada en diciembre de 2013, fueron adelantados por la Junta Nacional de Drogas (JND) y el prosecretario Cánepa. Hoy se realiza en distintas ciudades del mundo la Marcha Mundial de la Marihuana: en Buenos Aires, partirá a las 16 desde Plaza de Mayo hasta el Congreso.

Los consumidores de marihuana que se registren ante el Estado podrán comprar hasta 10 gramos de la droga por semana en farmacias, con un máximo de 40 por mes. El costo por gramo oscilará, aproximadamente, entre los 20 y los 22 pesos uruguayos (entre 7 y 8 pesos argentinos). La droga será cultivada por licenciatarios privados con supervisión estatal. Además, el decreto de la JND establecerá que sólo los ciudadanos uruguayos naturales o legales o aquellos que demuestren residencia natural de un año en el país podrán acceder a la droga, aunque no deberán dar su nombre en las farmacias. Para llegar a la marihuana, según lo dispuesto por el decreto que tendrá cerca de 100 artículos, los usuarios deberán registrarse ante el nuevo Instituto de Regulación y Control del Cannabis (Ircca) para comprar hasta 40 gramos por mes. La marihuana pagará IVA, y por cuestiones de seguridad, informó el prosecretario Cánepa, el presidente José Mujica resolvió no difundir en qué predio militar se cultivarán las plantas para la comercialización en farmacias.

La marihuana no podrá ser exhibida al público en las farmacias ni se admitirán la venta telefónica, por Internet, o envío a domicilio. La reglamentación plantea que las formas de acceso a la droga que prevé la ley de 44 artículos aprobada en 2013 serán excluyentes, por lo que aquellos que opten por comprar la droga en las farmacias no podrán hacerlo a través de cultivos propios ni de clubes cannábicos.

En cuanto al cultivo doméstico, la norma incluirá un tope de producción de 480 gramos por año y por casa, sin importar cuántas personas vivan allí. La opción será formar clubes de autocultivo (“clubes de membresía”), de entre 15 y 45 miembros, que podrán plantar un máximo de 99 plantas del cannabis hembra, y de las cuales cada socio podrá tener acceso a un máximo de 480 gramos anuales del cannabis.

Se podrá consumir marihuana en los mismos espacios en que está permitido consumir tabaco, pero estará prohibida en lugares de trabajo o conducir vehículos bajo su influencia. Los empleadores podrán realizar controles a los empleados para detectar si consumieron o no, y habrá inspecciones a conductores.

Compartir: 

Twitter

Diego Cánepa y Julio Calzada durante el anuncio, ayer, de la reglamentación de la ley.
Imagen: EFE
 
SOCIEDAD
 indice

Logo de Página/12

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina | Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.