SOCIEDAD › OPINIóN

“El proceso mismo es el castigo”

 Por Paola Bergallo *

Sólo en un contexto en el que hay poco que celebrar cuando se trata de los derechos reproductivos de las mujeres, el caso SV puede parecer positivo. En la decisión, el Superior Tribunal de Justicia de Formosa anuló un procedimiento penal iniciado hace 3 años contra una mujer denunciada por aborto. Fundó la sentencia en la prohibición de la autoincriminación, garantizada en el artículo 18 de la Constitución.

Sin embargo, el fallo SV evadió la consideración de una cuestión previa: la violación del derecho a la privacidad contemplado en el artículo 19 de la Constitución. Quienes denunciaron a SV en el hospital al que recurrió en busca de atención médica, violaron su derecho a la preservación del secreto profesional, un derecho que prevalece ante el deber de denunciar el conocimiento de un delito. Al no receptar esta defensa, los jueces del caso SV confirmaron una jurisprudencia que continúa multiplicando la vulneración de los derechos de las mujeres. En efecto, el argumento de la autoincriminación utilizado en SV no permite terminar con las denuncias ilegales formuladas en violación del deber médico de confidencialidad. Y, como consecuencia de ello, quienes se ven forzadas al aborto clandestino –-ante la penalización inconstitucional o la ineficacia de su permisión–, se siguen exponiendo a los riesgos de una atención sanitaria que puede conllevar un proceso penal tortuoso. La potencial anulación de ese proceso con argumentos como los de SV no libera a las mujeres del escarnio que implica vivir 3 años con la amenaza de una condena. El proceso mismo es el castigo.

* Profesora de Derecho, Universidad de San Andrés, especializada en derechos sexuales y reproductivos.

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