rosario

Lunes, 22 de mayo de 2006

CIUDAD › EL NUEVO CODIGO PENAL CONTEMPLA PENAS DE PRISION PARA QUIENES VIOLEN LEYES LABORALES

Empresarios presos de sus propias ambiciones

Rosario/12 entrevistó al penalista rosarino Daniel Erbetta, miembro de
la comisión de juristas que elaboran el anteproyecto de reforma del
Código Penal Argentino que adelantó algunas de las novedades. Por su
parte, el secretario adjunto Edgardo Arrieta cuenta por qué la CGT
Rosario ya había pedido en un documento reciente "cárcel a los empleadores en negro".

 Por José Maggi

La reforma del Código Penal argentino -en rigor un anteproyecto discutido por un grupo de juristas y difundida en los últimos días - contiene un capítulo que promete levantar tanta polémica como la despenalización del aborto: Las penas hasta de prisión para aquellos empresarios que contraten a su trabajadores violando las leyes laborales. La propuesta "fija hasta tres años de prisión y multas para el que mediante engaño, abuso de la situación necesidad o actos simulados contrate trabajadores en forma clandestina o en condiciones que vulneren sus derechos laborales", según explicó el abogado Daniel Erbetta miembro de la comisión. En sintonía con la reforma desde la CGT Rosario ya se había pedido "la cárcel para los empleadores en negro", a través de su secretario adjunto Edgardo Arrieta, quien hace solo unos días puso su firma al pie del documento conjunto de las organizaciones sindicales hermanas de Córdoba y Entre Ríos, nucleadas en la Región Centro. "Queremos reformar el artículo 174 del código penal, para que se introduzca una norma que penalice criminalmente el contrato de trabajo sin inscripción o en forma irregular, afectando con esto el salario del trabajador, sus beneficios sociales y previsionales, tanto en la esfera privada o en la estatal", confesó Arrieta a Rosario/12, argumentando que "hoy a muchos empresarios les conviene pagar la multa y seguir explotando a los trabajadores". Y para que esto no quede solo en los papeles, se reunió el último viernes con el diputado Héctor Recalde con quien acordó redactar un primer borrador de la norma.

Daniel Erbetta dialogó con este diario específicamente de un apartado que al calor del debate sobre la despenalización del aborto, paso a un segundo plano. Sin embargo el abogado rosarino destaca la importancia de legislar en situaciones extremas con la parte de derecho que se muestra más dura con los infractores : la del derecho penal.

-¿Cuál fue el espíritu en la discusión de las penas para los empleadores que burlen determinadas leyes laborales?

-Hay una cuestión previa que es la medida de la intervención penal y en qué lesiones a la convivencia o en qué ilicitudes se justifica la intervención penal. En este sentido la comisión siempre trató de manejar un equilibrio que de alguna manera reflejara aquellos hechos que resultan intolerables a la convivencia y así como hay hechos de magnitud tremenda como los delitos de lesa humanidad, y otros que por su grado de violencia también son intolerables, hay otros hechos que no siempre se valoran o se ven visiblemente de este modo y que también constituyen una lesión muy grave para la convivencia. Son aquellas situaciones en donde a través del aprovechamiento de un estado de necesidad -fundamentalmente en países donde los niveles de distribución de la riqueza no son los más adecuados- mediante el abuso o el engaño se procura prácticamente la explotación laboral, la contratación de trabajo clandestino o la supresión o reducción de los derechos laborales que la legislación le reconoce a los trabajadores. Esto no quiere decir que el derecho penal se puede meter con todos los derechos laborales que la legislación les reconoce a los trabajadores, como tampoco se debe meter con todo los incumplimientos contractuales o civiles, pero hay un piso mínimo en donde es necesario que intervenga.

-¿Al momento de discutir las penas para quienes violen la legislación laboral se pensó sólo en la situación de esclavitud en algunos talleres textiles del Gran Buenos Aires?

-Se contemplaron todas las cuestiones, si bien había miembros de la comisión que propusieron incorporar una suerte de capítulo en el Código de protección de los derechos de los trabajadores lo que finalmente fue la fórmula que se consensuó que fue regular como un atentado a la libertad de trabajo, en la que se tuvo en cuenta lo siguiente: hay situaciones en las que el Código Penal ya tiene respuestas porque la situación de explotación puede llevar al trabajador a ser colocado en una condición de servidumbre. En ese caso hay una figura del Código Penal que reprime el sometimiento a servidumbre que es una figura muy grave pero que tiene una serie de requisitos. El tema era tratar de contemplar aquellos casos que no constituyendo un sometimiento a servidumbre sin embargo tiene una magnitud y una gravedad que merecen una respuesta del Derecho Penal. Y creo que en la fórmula que se acordó y se aprobó por unanimidad un poco reflejamos este espíritu y esta idea en la que todos estuvimos de acuerdo.

-¿Hay países con legislación expresa en la que el derecho penal aborda la relación entre trabajadores y empleadores?

-En general no hay países que se metan de lleno en esto pero si hemos tomado como referencia en el derecho comparado la regulación actual del Código Penal español que fue reformado hace unos años y que fe uno los antecedentes que en este tema nosotros consideramos.

Pero también en sintonía con la reforma del Código Penal que se vino desarrollando del 2004 a instancias del entonces ministro de Justicia Horacio Rossatti, la CGT Rosario a través de su secretario adjunto había fijado posición en un encuentro reciente: la IV reunión institucional de la Región Centro realizada en la ciudad de Córdoba el pasado 3 y 4 de mayo. Allí se pidieron severas penas para las empresas que tuviesen trabajadores en negro.

"Hicimos un proyecto consensuado con otras tres provincias, y nos escucharon gobernadores de La Rioja, Mendoza y San Jan que estuvieron presentes, Allí decidimos comenzar con este proyecto en el que decimos que hay que modificar el artículo 174 del Código Penal para poder castigar criminalmente a los empresarios y también a los funcionarios, es decir regiría tanto para la esfera privada como para la estatal", apuntó Arrieta.

"Es más, estuve reunido con el doctor Héctor Recalde que tiene también un proyecto para poder avanzar en esta discusión, y nos propuso unificarlo para poder llevarlo adelante en el Congreso. Nuestro objetivo es poner los derechos de los trabajadores en la cabeza de los empresarios y también de los funcionarios". Los dirigentes sindicales y también representantes de los foros de profesionales de la Región Centro se reunirán en Santa Fe el 31 de mayo para seguir discutiendo.

Compartir: 

Twitter

Para Erbetta, la comisión "trató de manejar un equilibrio entre aquellos hechos que son intolerables para la convivencia".
Imagen: Alberto Gentilcore
 
ROSARIO12
 indice

Logo de Página/12

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina | Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.