20:43 › "UNA REVOLUCIóN DEMOCRáTICA"

El Tribunal Supremo avaló la jura de Maduro como "presidente encargado"

La resolución indica que Maduro dejará de ser vicepresidente a partir de las las 19 (20,30 de la Argentina), cuando jure ante la Asamblea Nacional su nuevo cargo, que no le impedirá postularse a la jefatura del Gobierno en las próximas elecciones generales, que aún no han sido convocadas pero que se realizarán entre principios y mediados de abril.

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela avaló la jura del vicepresidente tras la muerte de Hugo Chávez, por lo cual interpretó el artículo 233 de la Constitución, y oficializó que podrá ser candidato a la presidencia sin abandonar sus funciones. La Sala Constitucional del TSJ produjo el fallo antes del inicio del funeral oficial de homenaje a Chávez, ante una petición de interpretación constitucional sobre la falta absoluta del presidente y respecto a cuál funcionario le correspondía llenar la vacante interinamente.

El fallo señala que Maduro, por ejercer el cargo de vicepresidente, es quien debe llenar el vacío dejado por Chávez, con un Gobierno interino, mientras se celebran nuevos comicios. "Ocurrido el supuesto de hecho de la muerte del presidente en funciones, el vicepresidente Ejecutivo deviene presidente encargado y cesa en el ejercicio de su cargo anterior", señala el fallo, que agrega que "en su condición de presidente encargado, ejerce todas las atribuciones constitucionales y legales como jefe del Estado, jefe de gobierno y comandante en jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana".

El tribunal electoral, siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en la normativa para los comicios, puede admitir la postulación del presidente encargado para participar en la elección del nuevo mandatario por no estar comprendido en los supuestos de incompatibilidad previstos en el artículo 229 Constitucional, añade la resolución.

El fallo también precisa que durante el "proceso electoral para la elección del presidente de la república, el presidente encargado no está obligado a separarse del cargo", por lo que podrá realizar su campaña proselitista como mandatario interino.

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El fallo señala que Maduro, por ejercer el cargo de vicepresidente, es quien debe llenar el vacío dejado por Chávez, con un Gobierno interino, y precisa que durante el "proceso electoral para la elección del presidente de la República, el presidente encargado no está obligado a separarse del cargo", se celebran nuevos comicios.
 
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