00:00 › DISCUTEN MODIFICACIóN DEL CóDIGO DE TRáNSITO PARA LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

A manejar con prudencia y sin alcohol

El Senado bonaerense otorgó media sanción a las modificaciones en el Código de Tránsito provincial que reduce a nivel 0 la tolerancia de consumo de alcohol en los conductores, y habilita la instalación de radares y cámaras vigía en las rutas del distrito.

El contenido de la norma, que aguarda la sanción de Diputados, regía parcialmente desde principios de año mediante un decreto firmado por el gobernador Felipe Solá, en el marco de la Emergencia Vial.

Una de las modificaciones introducidas al proyecto original de reforma al Código de Tránsito fue la de reducir a cero la tolerancia de alcohol permitido a los conductores.

Hasta el momento, 0 de alcohol en sangre era exigido para los conductores profesionales y de carga, pero para los de vehículos particulares era de 9,5 miligramos por litro de sangre.

Otro de los cambios puntuales es la obligación que tendrán los conductores de entre 17 y 21 años a renovar su licencia cada año.

También reserva para la Provincia el control, juzgamiento y sanción de las faltas cometidas en autopistas y carreteras -las transgresiones cometidas en ciudades serán de competencia comunal-, crea la Justicia de Infracciones de Tránsito Provincial y un Registro Único de Infractores.

Además, obliga a los Jueces de Faltas Municipales a comunicar las sentencias sancionatorias e infracciones impuestas a los conductores para evitar que los infractores obtengan una nueva licencia en otras jurisdicciones.

También instala la educación vial desde la enseñanza preescolar; reasigna más efectivos policiales para seguridad en rutas y excluye el pago voluntario de la multa como causal de extinción de la acción y la sanción.

La ley dispone que toda infracción que se detecte en la vía pública deberá ser notificada o puesta en conocimiento de quien la infringe, a una distancia no superior a diez kilómetros del lugar en que se cometió la trasgresión y obliga que los vehículos del servicio de transporte de pasajeros de media y larga distancia, cuenten con cinturones de seguridad en los asientos de la primera fila y a que estén provistos de un tacógrafo que permita el control inmediato de la velocidad por la autoridad de aplicación, exigencia que también deberán cumplir los transportes de carga y turismo.

Compartir: 

Twitter

 
ULTIMAS NOTICIAS
 indice

Logo de Página/12

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina | Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.