El gobierno bonaerense evalúa modificar la ley actual de coparticipación provincial. Es una muy buena noticia porque se trata de una norma anacrónica (tiene 30 años de vigencia), mezquina e injusta en la distribución de los recursos provinciales a los municipios, ya que perjudica a la población del conurbano bonaerense y de las grandes ciudades del interior de la provincia, favoreciendo a quienes habitan en los municipios rurales.

La primera cuestión a resolver es la masa coparticipable y la distribución primaria, es decir qué recursos serán distribuidos entre la provincia y sus municipios. Actualmente la provincia distribuye el 16,14 por ciento de los recursos que recibe de la coparticipación federal y de la recaudación tributaria propia (dejando fuera a otras transferencias que recibe del gobierno nacional). Existen, además, otros fondos (que intentan corregir las distorsiones de la ley) que complementan dicha distribución llevando ese porcentaje a aproximadamente el 23 por ciento de los recursos provinciales totales. Sobre esto debemos realizar tres consideraciones:

  • El porcentaje destinado a los municipios es muy bajo y responde a una situación histórica en la que tenían muchísimas menos funciones, y de menor complejidad, que en la actualidad. A nuestro juicio ese porcentaje debería alcanzar a no menos del 30 por ciento.
  • Deberían suprimirse los fondos que operan por fuera de la ley de coparticipación, haciendo más transparente y simple el sistema de transferencias.
  • Deben incluirse en el reparto los fondos recientemente adjudicados a la provincia como compensación por la licuación del Fondo del Conurbano.

El segundo asunto es cómo distribuir los recursos entre los municipios. En el libro “La provincia de Buenos aires y sus municipios: los laberintos de una distribución anacrónica de recursos” (2012) analizamos la norma vigente que tiene tres componentes: 

  • El 58 por ciento por el Régimen General, que distribuye recursos según la población, la superficie de los municipios y la inversa de su capacidad recaudatoria.
  • El 37 por ciento por el Régimen de Salud, que reparte recursos según la oferta de salud que realiza cada municipio (devolutivo), privilegiando inexplicablemente la alta complejidad y con una profunda opacidad de los datos que lo vuelve inauditable. Su peso y manipulación estadística es lo que termina imprimiendo el sesgo de la distribución del conjunto de la coparticipación bonaerense.
  • El 5 por ciento restante por el Régimen de Acción Social que adjudica fondos sólo a algunos municipios como consecuencia de un proceso de descentralización de servicios que ocurrió entre 1960 y 1970.

Resulta evidente, que el segundo y el tercer componente son anacrónicos e injustos. El régimen de salud fomenta que los municipios ofrezcan servicios sanitarios de alta complejidad, lo que confronta con la política sanitaria nacional y provincial que adjudica a ese nivel del Estado un papel relevante en el ámbito de la prevención y la atención primaria. Tampoco parece conveniente que se privilegie la distribución de los recursos en base a políticas sectoriales (la provincia de Buenos Aires es, al respecto, un caso único en todo el país) y, menos aún, cuando refieren a una oferta de servicios que no siempre representa las demandas de la población local. 

Una distribución que se ajuste a la situación actual, debe contener un indicador que otorgue un alto peso en la población, otro que distribuya los recursos según la población con NBI, modificando la actual “inversa de la capacidad tributaria” por la “inversa del PBG per cápita neta de la recaudación municipal”, y eliminar aquel referido a la superficie municipal, ya que los servicios públicos locales están más relacionados con la cantidad y densidad poblacional que con la superficie que ocupa el municipio. La única justificación podría atribuirse al mantenimiento de los caminos rurales pero los municipios poseen una tasa específica para financiar ese servicio. 

Por último, hay que prever un esquema de transición, para que cada municipio no reciba en valores nominales menos recursos respecto al ejercicio precedente. Por lo tanto, una opción sería aplicar la nueva fórmula sólo sobre los incrementos, manteniendo fija la suma recibida por cada municipio el año anterior a la implementación del nuevo esquema.

Frente al desafío de corregir la enorme inequidad existente, el objetivo de la reforma debería ser el financiamiento de una provisión pública local suficiente de bienes y servicios, con un piso de homogeneidad en términos de calidad, cantidad y accesibilidad..

* Investigadores de la Universidad Nacional de General Sarmiento. Miembros del Foro Universitario de Estudios Fiscales (FUEF).