Los albergues transitorios aceptarán a más de dos personas en una misma habitación, de acuerdo a la nueva normativa aprobada ayer en la legislatura porteña. Hace 21 años, sin embargo, no solo estaba prohibido ingresar con más de una persona, sino que era obligatorio que esa persona fuera del sexo opuesto. Esa norma discriminatoria fue modificada en 1997, a través de una ordenanza municipal que contó con la adhesión de la Cámara Argentina de Propietarios de Albergues y Alojamientos (Capral). 

“Hasta no hace mucho, la pareja debía estar constituida exclusivamente por dos mayores de edad de distinto sexo; pero a partir de 1997, la legislación fue modificada: a partir de ese momento pueden acceder personas –sin distingo de sexos–, mayores de 18 años. La norma rompe con la tradición, usos, costumbres, legislación, jurisprudencia; a imagen y semejanza de otras latitudes se legalizó un cambio de actitudes que había sido discriminatoria hasta ese momento, desarraigando posiciones ancestrales”, expresó Capral.

Pese a la conquista que representó la iniciativa para las parejas del mismo sexo que no podían asistir a un albergue transitorio de forma legal, varios de los dueños de estos establecimientos acudieron durante un cierto tiempo al “derecho de admisión” para seguir perpetrando prácticas de discriminación frente a la elección sexual de los clientes.