La justicia ordenó al Gobierno porteño que otorgue una licencia de 120 días por maternidad a una docente, a pesar de no haber cursado el embarazo de su hija, nacida en el marco de un matrimonio igualitario. La jueza Alejandra Petrella decidió que a la madre no gestante le corresponde el mismo período que a su cónyuge que gestó a la niña. Se trata del segundo fallo en la ciudad del mismo tenor: en agosto pasado, otra docente obtuvo también un amparo similar por el nacimiento del hijo gestado por su pareja. En el nuevo caso, la magistrada fundamentó que “la licencia por maternidad no tiene en miras si la mujer a la cual se le otorga resulta ser la madre gestante o no, sino el interés superior del niño o niña y su derecho a poder disfrutar de la familia los primeros meses de vida, sin importar si los une o no un vínculo biológico”.