Lucía era una adolescente de 16 años que fue a la casa de un adulto y terminó sin vida.

Lucía era mujer, víctima y menor de edad. Estas tres dimensiones fueron desatendidas en el proceso judicial. Ninguna norma de protección especial de derechos de infancia fue analizada ni aplicada al caso, ni la Convención sobre los Derechos del Niño, ni la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Los jueces desconocieron el deber de diligencia que se debe tener en el juzgamiento de un hecho de violencia de género contra una mujer, contemplados especialmente en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, entre otras normas.

Los magistrados del Tribunal en lo Criminal Oral   N°1 de Mar del Plata absolvieron a los imputados por el delito de abuso sexual agravado por el consumo de estupefacientes seguido de muerte, con valoraciones plagadas de estereotipos de género.

La muerte de Lucía nunca fue investigada con la debida diligencia que el caso ameritaba: fiscales, peritos, médicos intervinientes y demás auxiliares de la justicia mostraron falta de capacitación, ausencia de perspectiva de género y poca sensibilidad para tramitar y juzgar delitos contra la integridad sexual.

La sentencia indaga indebidamente sobre los antecedentes de la víctima, exponiendo y analizando su vida privada a luz de los prejuicios más cuestionables en términos de género. Ninguna importancia tiene su carácter, su vida sexual, sus antecedentes escolares. Lo único relevante a los fines de determinar la violación es que ella se haya negado a tener relaciones sexuales con el agresor, con absoluta irrelevancia de su conducta previa.

Con frases como “¿era Lucía una adolescente que podía ser fácilmente sometida a mantener relaciones sexuales sin su consentimiento?”, “...todo fue en un marco de normalidad y naturalidad, todo fue perfectamente querido y consentido por Lucía...” y “Lucía no estaría con nadie sin su consentimiento”, los jueces desconocen por completo el sometimiento sexual y la tipificación del delito de abuso sexual con acceso carnal. Claro que Lucía no estaría con nadie sin su consentimiento, ni Lucía ni ninguna otra mujer, pues en eso consiste la violación.

Mientras existan fiscales, peritos, médicos y jueces atravesados por estereotipos y ausencia de perspectiva de género, seguiremos lamentando la muerte de niñas, adolescentes y mujeres.

* Asesora General Tutelar.