La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el consumo y la comercialización de un aceite de oliva y algunos alimentos en conserva.

A través de la disposición 7948/2019 , publicada en el Boletín Oficial de este martes, el organismo prohibió el "Aceite de Oliva extra virgen, 1000% natural, origen Tinogasta - Catamarca".

Según se indica, el producto carece de las autorizaciones de producto (R.N.P.A.) y de establecimiento (R.N.E.), por lo que se lo considera un alimento falsamente rotulado y en consecuencia ilegal.

La disposición 7951/2019 prohibió la comercialización "en todo el territorio nacional, excepto en la provincia de Río Negro", de un listado de productos alimenticios regionales rionegrinos, de marca "Granjas Patagónicas".

Entre los productos se encuentran: “Pate de salmón a la crema”, “Salmón en aceite con alcaparras y almendras ahumadas”, “Pate de Cordero al vino blanco y romero”, “Salmón ahumado en aceite”, “Trucha en aceite con pimienta y limón”, “Pate de trucha con champignones”, “Pate de ciervo con hongos del sur”, “Trucha ahumada en aceite con castañas tostadas” y el resto de los productos del mismo elaborador.