La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Reconquista ratificó al juez Fabián Lorenzini a cargo del concurso preventivo de acreedores de Vicentin SAIC, al rechazar la recusación que intentó una empresa de acopio de granos de la ciudad de San Jorge. El tribunal de segunda instancia no hizo lugar al planteo de esa firma -uno de los 2500 acreedores inscriptos- porque entendió que el magistrado es idóneo para llevar adelante el concurso y que no hay riesgo de parcialidad judicial, tal como la empresa advirtió en su pedido de recusación. 

La Clementina SA es una empresa agropecuaria de acopio y venta de insumos para el cultivo de cereales y oleaginosas. Está radicada en la ciudad cabecera del departamento San Martín y es una de las tantas firmas del negocio que quedaron con acreencias para diciembre pasado, cuando Vicentin se declaró en default. El concurso registra 2638 acreedores inscriptos que reclaman cuentas por pagar por un monto global de 99.345 millones de pesos. 

Dentro del concurso judicial, La Clementina le presentó días atrás al juez Lorenzini un pedido de recusación para que se excuse de continuar a cargo. Los patrocinantes de la empresa esgrimieron su sospecha de que el magistrado puede favorecer al Banco Nación, en desmedro del resto de los acreedores. Y argumentaron esa supuesta "pérdida de imparcialidad como fruto del vínculo profesional de más de 20 años con el acreedor más importante dentro del concurso, el Banco de la Nación Argentina", alegaron. 

Los abogados pusieron en duda que el juez sea imparcial a la hora de la verificación del crédito del BNA, estimado en 300 millones de dólares, impago desde agosto del año pasado. También se permitieron dudar de la solvencia de Lorenzini "sobre un eventual incidente de revisión, sobre hipotéticas acciones de responsabilidad contra funcionarios de la entidad bancaria, etc".

Pero el juez aludido rechazó esa presentación porque, ante todo, La Clementina SA debería haberla planteado apenas ingresó al concurso preventivo de acreedores. Con tal revés, el trámite subió a la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de ese distrito judicial, en el norte santafesino. 

Los camaristas Román, Abelle y Dalla Fontana le dieron la razón a Lorenzini, entre otras cosas, para no dilatar más el concurso preventivo de lo que demora ya las circunstancias que impone la pandemia de coronavirus. "Debe garantizarse que un concurso de semejante magnitud no se demore más de lo estrictamente necesario a fin de no conculcar los múltiples intereses en juego", dijeron.  Y añadieron: "Los jueces sólo son recusables cuando medie causa legítima con el síndico o el deudor, carácter que no reviste el BNA". Porque si atendieran este planteo contra el magistrado, se estaría abriendo un abanico de posibilidades para que las partes en un proceso judicial siempre tengan una razón para desautorizar al juez. "De abrirse las posibilidades de recusación o excusación más allá de tales límites resultaría prácticamente imposible dar con un juez que pueda intervenir en la causa", planteó el tribunal.