La presidenta de la Fundación Volviendo a Casa, Isabel Soria, presentó un escrito a la Corte de Justicia de Salta, planteando la inconstitucionalidad del decreto 255 que ya es la ley Nº 8.191 por las facultades extraordinarias otorgadas a las fuerzas policiales. Esta presentación se suma a los habeas corpus ya presentados por organizaciones que integran la Mesa de Derechos Humanos de Salta y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y por la Secretaría de Derechos Humanos de Nación en rechazo de esta normativa y que aún esperan resolución por parte del máximo tribunal provincial.

El decreto que emitió el gobierno provincial otorgando facultades a la Policía ante el aislamiento social, preventivo y obligatorio y que pasó a ser ley sin el tratamiento de la Legislatura el pasado 30 de junio sigue generando oposiciones. Organizaciones de derechos humanos vienen señalando que con la excusa de la pandemia y la vigencia del decreto hubo un aumento de la violencia policial en los operativos a nivel provincial. Esta vez lo cuestionó la Fundación Volviendo a Casa. 

Soria sostuvo ante Salta/12 que ya venía haciendo pedidos públicos al gobernador Gustavo Sáenz para que se derogue el decreto. Añadió que hicieron la presentación formal ante Corte de Justicia luego de haber recibido pedidos de ayuda tras la represión policial en la Comunidad Guaraní Cheru Tumpa, de Colonia Santa Rosa. Allí la comunera Yamila Veleizán terminó detenida y acusada de  "resistencia a la autoridad y amenazas, usurpación, estafa y extorsión". "No pueden decir desde el gobierno provincial que no saben lo que está pasando. Hirieron a un pibe, detuvieron a la tía, ya es demasiado, la obligación de la Policía es cuidarnos. El ministro de Seguridad (Juan Manuel Pulleiro) es responsable", apuntó. 

"Nos organicemos de otra manera en este contexto de Covid-19. A las órdenes las podemos llevar con Paz. Acá nadie habla del flagelo del hambre. Hay mucho hermetismo en la Policía. Hasta que no cambie eso no vamos a poder cambiar a la institución. Tiene que haber una decisión por parte de la jefa de Policía y el ministro de Seguridad, tenemos que ver qué queremos con la Policía de la provincia", expresó Soria. 

Para la referenta, "la inconstitucionalidad de lo normado" se funda en que el decreto ley "autoriza a penalizar con 60 días de arresto por parte de los agentes del Estado" a quienes desobedezcan las medidas impuestas durante la cuarentena. 

El artículo 2 prevé que "será sancionado con arresto de hasta sesenta días o multa de hasta sesenta días, el que injustificadamente desobedezca órdenes legítimas en ejercicio de las funciones de los agentes del orden público que tengan por la causa la emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19, o fuere arbitrariamente remiso en darle cumplimiento". Añade que cuando la infracción se comete mediante la conducción de un vehículo automotor o de cualquier otro medio de transporte a autopropulsión, las fuerzas de seguridad que intervengan en el procedimiento lo decomisarán preventivamente y de forma inmediata.

El artículo 3 otorga competencia  a la jefa de Policía para resolver sobre la infracción. También establece que el interesado podrá ocurrir a la justicia en el plazo de cinco días, vía apelación.

Soria argumentó que "las atribuciones conferidas al poder de policía en esta ley, exceden lo normado tanto en el Código Penal como en los tratados internacionales de derechos humanos, al establecer una reclusión por 60 días". Resaltó en este sentido que "el encierro no debe ser tomado como medida de protección en el contexto de pandemia que hoy atravesamos y ya que no se encuentra tipificado en ningún cuerpo normativo". 

La referenta consideró que si bien el gobierno provincial tiene que establecer políticas públicas de cuidado de los ciudadanos en la pandemia, la ley 8.191 se aleja de esa premisa, "al legitimar el accionar policial", más cuando hay "antecedentes históricos de conductas abusivas arraigadas por parte de las fuerzas policiales". "La misión de la institución policial entre otras es el control, el respeto por la legalidad y no el de dictar condenas ni amenazar derechos, sino de fortalecer y garantizar la seguridad de todas y todos", sostuvo Soria en su presentación a la Corte.

El escrito esgrime que una ley provincial no puede modificar los códigos de fondo y que tampoco puede existir una indiferencia judicial sobre el tema. "Durante estos cien días fueron públicas y notorias las consecuencias de esta norma, por parte del accionar abusivo policial como grave violencia Institucional hacia las salteñas y los salteños", manifestó la Fundación.

Soria consideró que hay un incremento de violencia sobre los grupos sociales en mayor situación de vulnerabilidad por parte de la Institución Policial, planteó que hay un agravante con la militarización del Ministerio de Seguridad a cargo del coronel Juan Manuel Pulleiro, de quien depende la logística y administración de las fuerzas policiales

La referenta solicitó que se declare con urgencia la inconstitucional de la ley Nº 8.191, antes DNU 255/2020, y respaldó la presentación hecha por la Mesa de Derechos Humano de Salta, en mayo, con el "fin de garantizar la plena vigencia del Estado de Derecho".