Es el oficial retirado del Ejército que entre abril y mayo pasado tuvo su cuarto de hora por un exabrupto insólito contra el presidente de la Nación, Alberto Fernández, y que le valió un procesamiento penal por incitación a la violencia. El teniente coronel retirado Alberto Aquilino Ortega, de Rosario, había insultado al jefe de Estado elegido por voto popular con una animosidad tal que rayó en la comicidad de Violencia Rivas, el personaje de Diego Capusotto. Pero no. Su mensaje, que se viralizó entonces por redes sociales, fue tan grave que aunque apeló, ahora la Justicia federal de Rosario volvió a darle un revés y confirmó el procesamiento.

La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones, integrada por los jueces Fernando Lorenzo Barbará y José Toledo, ratificó la elevación a juicio contra Ortega, quien había grabado un video en camiseta para exhortar a sus camaradas y a la población a "liberarse" del gobierno constitucional. El fallo se alineó con el planteo de los fiscales Claudio Palacín y Javier Arzubi Calvo y rechazó el argumento de la defensa del militar. "El acusado es un ex militar, y el sentido de sus palabras habría sido peligroso y expuesto en un contexto tendiente a incitar al Ejército Argentino y a la población en general a rebelarse contra un gobierno elegido constitucionalmente, sumado a que se habría puesto en riesgo la tranquilidad pública en medio de una crisis mundial generada por la pandemia del virus Sars-Cov-2”, consideró la Cámara.

Por cierto, en su perfil de Facebook y en las publicaciones por las que su video se hizo famoso, Ortega recibió numerosas adhesiones de personas que piensan como él. De allí que el tribunal entendió el peligro de arengas golpistas como esta. En contexto, esto surgió a poco de iniciada la pandemia, cuando el gobierno –como tantos otros países– dispusieron una cuarentena estricta ante la fenomenal crisis sanitaria que ya entonces empezaba a mostrar su dimensión planetaria.

“La verdad, señor presidente, estoy indignado con lo que acabo de escuchar. Realmente usted es el socio, cómplice, delincuente, que siempre pensé que era, de Cristina, de Moyano, de todos los que han hecho de este país un desastre", había dicho Ortega en su casa, en camiseta y mirando a la cámara de su teléfono móvil.  "Usted es un delincuente, totalitario, un comunista, maoísta, subversivo, hijo de re mil puta”, acotó este militar que se retiró en 2002, entre otras cosas antes de arengar a la rebelión civil y castrense.

La defensa del oficial retirado apuntó a alegar que el procesamiento vulnera su derecho a la libertad de expresión. A eso Barbará repuso que la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), entre otros instrumentos internacionales con jerarquía constitucional, contempla responsabilidades ulteriores para asegurar “la protección de la seguridad nacional, el orden público” y que prevé que “estará prohibida por la ley toda propaganda a favor de la guerra y toda apología del odio nacional que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas”.

El teniente coronel quedó desacreditado por la propia institución a la que dice pertenecer, por cuanto fue el propio Ejército Argentino el autor de la denuncia en su contra, por el delito cometido.

De esa manera, el fallo dictado en mayo por el juez Carlos Vera Barros, a instancias del fiscal Claudio Kishimoto, quedó firme: por violación al artículo 212 del Código Penal, el procesamiento quedó firme, tanto como el embargo por 100.000 pesos contra Ortega, según informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación.

Los fiscales Palacín y Arzubi Calvo sostuvieron que “no responde a la realidad de lo acontecido la postura de la defensa en cuanto a que las manifestaciones de Ortega no crearon una situación de riesgo de lesión; como así tampoco la entidad jurídica desincriminante que le asigna a un video posterior en el que Ortega habría pedido disculpas”. Resaltaron alguna contradicción de la defensa al aducir que el primer video no había tenido entidad por su “escasa difusión” para transmitir el mensaje; y por el contrario, le asignó al segundo –el de las disculpas- un carácter “desincriminante y neutralizador de la criminalidad del primero”.

Los fiscales también calificaron como “irrelevante el argumento consistente en que ‘la inmensa mayoría del resto del Ejército Argentino no lo conoce. No pudiendo tener entidad de ningún tipo sobre las tropas actuales del Ejército Argentino (…)’; simplemente porque el delito no exige ninguna calidad especial en el autor”. Esto implicó que existen razones jurídicas relevantes y elementos de juicio para confirmar el procesamiento y el embargo que la Cámara federal rosarino ratificó el viernes pasado.