Se dio a conocer el informe preliminar completo que elaboró la Junta de Seguridad en el Transporte, acerca de lo investigado en el accidente aéreo que protagonizó con su helicóptero el banquero Jorge Brito, que tuvo como fatal desenlace su muerte y la de su acompañante, Santiago Beaudean.
Allí se ratifica que el motivo del accidente fue el choque de la aeronave contra los cables tendidos para la práctica de canopy en el cañadón posterior a la compuerta del dique Cabra Corral, ubicado a unos 80 kilómetros de la capital salteña. Justamente desde Salta había despegado Brito, tras compartir un almuerzo con el gobernador, Gustavo Sáenz, en la residencia oficial de Finca Las Costas.
El informe describe que “el 20 de noviembre de 2020 la aeronave matrícula LV-FQN, un helicóptero Eurocopter modelo Écureuil AS-350-3B, despegó del Helipuerto Finca las Costas (Ciudad de Salta, Salta) a las 18:16 horas (expresado en Tiempo Universal Coordinado, que para Argentina son tres horas menos, por lo que corresponde las 15:16) con destino al aeródromo privado Inversora Río Juramento (Joaquín V. González, Salta), en un vuelo privado de aviación general”.
Luego indica que tras 8 minutos de vuelo solicitan tomar la ruta vía el dique Cabra Corral, y que la última comunicación fue a las 15.33. Unos 25 minutos después le notifican al aeropuerto de la nave accidentada en el río Juramento.
La policía de la localidad de Coronel Moldes confirmó el accidente del helicóptero LV-FQN a las 16.40, comunicó que se encontraba sobre el lecho del río Juramento y que sus dos ocupantes habían fallecido.
La mecánica del accidente: choque con dos cables
Tras aclarar que la nave estaba en condiciones “certificadas de conformidad con la reglamentación vigente y mantenida de acuerdo al plan de mantenimiento del fabricante”, y que Brito, cumplía con la certificación de piloto, el informe describe como fue el accidente.
“La aeronave estaba en vuelo visual sobre el curso del río Juramento con una trayectoria de suroeste a noreste, con una altura aproximada entre 100 y 110 metros, cuando impactó con el corta cable la línea de señalización con bochones y la cortó. Luego, el helicóptero arrastró la segunda línea del canopy, cortándolo en la zona de amarre”.
Allí confirma que la tragedia se desata por problemas con la cola del helicóptero: “El impacto con los cables habría sometido a la aeronave a esfuerzos y cargas excesivas, lo que provocó que una de las palas del rotor principal seccionara el botalón de cola. La aeronave perdió el control y se precipitó sobre el cauce del río. La misma impactó contra el agua en una zona de poca profundidad”.
Y en base al daño del aparato, el informe de la JST arriesga que la posibilidad de superviviencia fue baja: “El impacto del helicóptero con los cables afectó la integridad de la cabina de vuelo en cuanto a recubrimiento y a la parte superior de la misma. La mecánica del golpe contra el terreno y su magnitud disminuyó la posibilidad de supervivencia de sus ocupantes”.
La responsabilidad de la empresa de canopy
El informe da detalles técnicos acerca de las principales características del helicóptero y de las licencias y habilitaciones de sus ocupantes. Pero uno de los principales segmentos es el que refiere a la empresa de turismo aventura Salta Rafting, que se dedica a explotar el circuito de canopy y que quedó en el ojo de la tormenta ante la duda de si cumplía con los requisitos técnicos para haber desplegados los cables de acero en el cañadón.
La JST aclara que la empresa tenía los permisos vigentes otorgados por la provincia para realizar la actividad hasta el 2022, y recuerda que “el 22 de julio de 2005, la empresa Salta Rafting presentó una nota a la entonces autoridad aeronáutica, que en ese entonces era la Fuerza Aérea Argentina, informando que había montado un conjunto de cables de canopy sobre el río Juramento entre los km 32 y 34,5 de la Ruta Provincial 47”.
“En tal nota se describe que se instaló un conjunto de ocho cables, entre 10 y 100 metros de altura con respecto al nivel del suelo, señalizados a la entrada y la salida con un conjunto de globos (bochones), pintados de naranja para delimitar el área. También se dejó constancia de que la empresa estaba abierta a cualquier tipo de recomendación que la autoridad aeronáutica considerara necesaria para contribuir a la seguridad operacional”, describe el informe.
Finalmente, señala que “el 27 de julio del mismo año la empresa recibió la respuesta de la Región Aérea Noroeste de la Fuerza Aérea Argentina, que manifestó que no existía impedimento alguno para el montaje de los cables de canopy, ya que no estaban montados en una zona que interfiriera con la actividad aérea. También solicitaba una clara demarcación de la zona cableada para ser visible desde el aire”, lo que habría cumplido con los bochones naranjas instalados en los extremos, y prácticamente que exonera de cualquier culpa a Salta Rafting.
La JST aclara que el informe “presenta los hallazgos preliminares de la JST, sujetos a modificaciones conforme avance la investigación. El análisis, conclusiones, acciones y/o recomendaciones de seguridad operacional sólo serán publicados en el informe de seguridad operacional”.