La pelea que iniciaron los 24 Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del país contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en su avance contra la evasión fiscal contó con un nuevo revés esta semana. El organismo recaudador desestimó un reclamo administrativo interpuesto por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Santa Cruz que cuestionaba el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales. 

El Régimen de Información de Planificaciones Fiscales, tan cuestionado por los profesionales de ciencias económicas, se trata de la creación de un registro para obtener información acerca de una práctica utilizada a nivel mundial: la planificación fiscal o tax planning, que apela a la creatividad y el conocimiento exhaustivo de la normativa local e internacional para que los contadores permitan a empresas y particulares disminuir el pago de impuestos. 

“La información que se brinda por medio de este régimen incrementa el nivel de conocimiento respecto de las operaciones y estructuras que utilizan los contribuyentes y facilita a las administraciones tributarias la obtención de información temprana”, sostiene la resolución de la AFIP al destacar la relevancia del Régimen. Dado que es un instrumento legal, "no se está pidiendo nada raro. Es casi una confesión de que están evadiendo o eludiendo impuestos que no quieran presentar la información. Si no tuvieran nada que ocultar no habría ninguna queja”, explicaron desde el gobierno.

Si bien sería la primera vez que Argentina cuente con un registro que permita hacer más eficiente el sistema tributario, reducir la opacidad, evitar la evasión y prevenir el lavado de dinero, la experiencia ya es conocida en varios países del mundo y recomendada por instituciones reconocidas a nivel mundial. Un mecanismo similar al establecido por el organismo se encuentra vigente en los países de la Unión Europea y también en Estados Unidos, Reino Unido, Sudáfrica, Canadá y México. De acuerdo a la OCDE, la planificación fiscal que llevan adelante las empresas multinacionales genera una merma entre el 4 y 10 por ciento de la recaudación de impuestos a la renta corporativa a nivel global.

Los Consejos Profesionales del país sienten que sus derechos están siendo transgredidos y categorizan a la norma como "imperativa". Un comunicado que el Colegio de Abogados porteño le envió a Marcó del Pont sugiere que la norma "desconoce el artículo 19 de la Constitución Nacional, que establece que las acciones privadas de los hombres que no ofendan al orden y a la moral pública ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación estará obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”.

Una de las banderas que levantan los profesionales se trata de que la medida implica una presunta violación al secreto profesional. Sin embargo, el planteo no resulta verosímil, pues el artículo 8° de la Resolución General AFIP N°4838 establece que “cuando el asesor fiscal se ampare en el secreto profesional a los efectos de la presente resolución general, deberá notificar al contribuyente tal circunstancia”, y agrega que “… el contribuyente podrá relevar al asesor fiscal del secreto profesional para el caso particular o permanentemente, a través del mencionado servicio”.

La realidad es que los estudios contables y jurídicos se vuelven más prestigiosos en la medida que logran que las empresas y familias ricas consigan evadir o eludir más impuestos y esta herramienta lanzada por el gobierno va directamente en contra de sus intereses económicos. En la disputa hubo dos jueces, uno en Tierra del Fuego y otro en Santa Cruz, que concedieron un amparo al reclamo de los consejos profesionales de las respectivas provincias para suspender la resolución 4838.   

Sin embargo, desde el gobierno se encuentran firmes: "Por más lobby que hagan no lograrán frenar la medida. El gobierno seguirá adelante con una política fundamental para que dejen de evadir o eludir impuestos aquellos que más pueden pagar”.

Al desestimar el reclamo administrativo, la AFIP advierte sobre “la contradicción que importa que los principales actores institucionales del país postulen la necesidad de erradicar prácticas que coadyuvan a evitar que ciertos sectores cumplan acabadamente con sus obligaciones tributarias en desmedro de la sociedad toda y, singularmente, de los sectores vulnerados, no obstante lo cual se resisten medidas encaminadas a dotar a la administración tributaria de herramientas que le permitan realizar con eficacia sus cometidos”.