La Secretaría de Comercio terminó de reglamentar la Ley de Góndolas que comenzará a regir a partir del 15 de marzo. La resolución 190/2021 oficializó el Reglamento de inspecciones para el seguimiento y control de cumplimiento de la Ley. Para aplicarlo, los supermercados deberán entregar planos que muestren la disposición de las góndolas y un listado de los productos comercializados con sus respectivos proveedores. 

Dentro de los próximos treinta días los supermercados deberán entregar a la Secretaría de Comecio un plano con las góndolas, islas de exhibición, líneas de cajas y exhibidores contiguos donde se detallen las dimensiones de los estantes; y el listado de productos comercializados alcanzados por la Ley, indicando el proveedor de cada uno de ellos. Además deberán especificar cuál es el proveedor con mayor espacio de exhibición en cada categoría de la góndola.

Los inspectores de la Secretaría de Comercio comenzarán a fiscalizar una vez cumplidos los treinta días corridos desde la finalización del plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas. Estos documentos se deberán ratificar o renovarse luego de noventa días.

Teoría y práctica

De acuerdo al Reglamento, los inspectores controlarán, dentro del horario de atención al público del local, que haya al menos cinco productos de distintos proveedores o grupos empresarios por categoría; que ninguno de esos proveedores supere el 30 por ciento del espacio en góndola; que al menos un 25 por ciento de los productos de una misma categoría estén provistos por micro y pequeñas empresas nacionales y un 5 por ciento por empresas de la economía familiar. La Secretaría de Comercio Interior será la encargada de notificar incumplimientos dándole diez días para que respondan. 

Además del plano de distribución de góndolas y la lista de productos y proveedores; los supermercados podrán presentar certificados de incumplimiento transitorio: "Deberá informarse concretamente la falta del número mínimo de proveedores o proveedoras para una determinada categoría, o la insuficiencia de provisión de las micro y pequeñas empresas nacionales, de cooperativas y/o asociaciones mutuales, de sectores de la agricultura familiar, campesina o indígena y de la economía popular", explica la Resolución firmada por la Secretaria de Comercio Interior Paula Español.

En la Secretaría de Comercio entienden que el cupo de productos abastecidos por micro y pequeñas empresas será uno de los puntos más complejos para el cumplimiento de la ley: sobre todo por la dificultad del abastecimiento a escala que necesitan los supermercados y que las pequeñas empresas no siempre pueden garantizar. 

En cambio, no habrá mucho margen para incumplir uno de los puntos centrales de la ley: la participación de al menos cinco empresas por góndola o categoría. Es que el principal criterio de construcción de las categorías publicadas a fines de enero en el boletín oficial, fue para garantizar que existan al menos cinco proveedores dentro de cada una. 

Por ese motivo, por ejemplo, la categoría "pañales" está acompañada de "y ropa interior descartable": existen menos de cinco empresas que proveen pañales a los supermercados; pero se podrá completar la góndola con productos de empresas proveedoras de ropa interior descartable.  La tarea no fue sencilla, por la fuerte concentración del mercado en la mayoría de los productos que se ofrecen, que es la circunstancia que justamente la ley busca descomprimir. La monopolización y oligopolización hizo que en varias categorías (como los insecticidas), este punto no se pueda lograr. 

Los productos deben estar agrupados en las góndolas de conformidad con las 65 categorías previamente fijadas por la Secretaría de Comercio Interior. Esto permitirá, por un lado, que el consumidor pueda comparar fácilmente los productos, y por el otro, facilitará las inspecciones y así controlar el cumplimiento de la ley, según Comercio Interior. 

Inicialmente la Secretaría de Comercio Interior realizará un monitoreo de la implementación de la norma, formulando las advertencias correspondientes a las cadenas de supermercados obligadas y luego, si la situación lo amerita, se podrán aplicar sanciones.