El Tribunal Oral Federal N°2 de Salta, integrado por Abel Fleming, Domingo Batule y Gabriela Catalano, condenó el jueves pasado a Juan Carlos Serrano Cruz y Nicolás Maximiliano Amaya a 7 años de prisión por el delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes, en calidad de coautores.

La pena impuesta fue la solicitada por el fiscal general Francisco Snopek, de la Unidad Fiscal Salta, quien llevó adelante el caso desde el inicio. El juicio había comenzado el 19 de marzo.

El fiscal destacó dificultad que para probar la culpabilidad de haber sido los cerebros del frustrado tráfico de 79 kilos de cocaína a Mendoza, ya que ambos condenados habían desplegado numerosas e intricadas maniobras de ocultamiento que los colocaban distantes del transporte como de quienes lo ejecutaron.

Entre las tácticas que desentrañaron los investigadores, había comunicaciones con lenguaje encriptado y movimientos migratorios coordinados para no aparecer junto a los autores materiales del tráfico.

"Todos son coautores del transporte, pues cada uno con roles distintos en la cadena jerárquica de la organización tuvo una participación activa en un mismo hecho", señaló el fiscal.

En el tanque de nafta

El caso se inició en la madrugada del 12 de diciembre de 2019, cuando una patrulla de Gendarmería Nacional detuvo dos camionetas VW Amarok, en las cuales viajaban los hermanos Branco y Ezequiel Villegas, oriundos de Mendoza, y Rodolfo Cruz, de Jujuy.

Los rodados fueron detenidos para el control de rutina en la ruta 68 a 7 kilómetros de la ciudad de Cafayate. Se descubrió que en el interior del tanque de combustible llevaban paquetes de cocaína, con un peso de 79 kilos.

El trabajo de ocultamiento del cargamento era muy minucioso ya que el tanque había sido alterado de tal forma que los soportes internos, que funcionan como rompeolas, no permitan ver la droga, la cual fue envasada al vacío para evitar su detección por canes antinarcóticos.

Por este hecho, el fiscal Snopek llevó a juicio a los hermanos Villegas y Cruz ante el Tribunal Oral Federal N°1, el cual resolvió condenarlos a penas de 7 años de prisión el 15 de julio de 2020 y el decomiso de las dos camionetas.

Luego de las detenciones y el secuestro de la droga, la fiscalía advirtió que había indicios y pruebas respecto a los ideólogos de la operación y avanzó con las pesquisas, lo cual derivó en la detención de Serrano Cruz y Amaya. Ello sucedió a horas de iniciado el juicio a sus cómplices.

La fiscalía, integrada también por la auxiliar fiscal Roxana Gual, tuvo que presentar varios testigos y una importante cantidad de pruebas técnicas, entre ellas cuadros de interacciones entre cada uno de los componentes de la organización, en especial con Serrano Cruz y Amaya.

Al alegar, el fiscal Snopek proyectó cuadros con los cuales mostró el movimiento migratorio, las comunicaciones telefónicas y la explotación de redes sociales. Con ello probó la relación de los acusados con la droga y los tres condenados.

Como primer punto a tener en cuenta, el fiscal señaló el punto de origen de los integrantes de la organización: todos oriundos de una misma localidad en Mendoza. Serrano Cruz, de nacionalidad boliviana, era la persona que contaba con los nexos en ese país para la obtención de la droga, apuntó el fiscal.

Este último ostentaba en sus redes sociales varios vehículos de alta gama, valuados en algunos casos en 100 mil dólares.

Serrano Cruz y Amaya estuvieron siempre lejanos al vehículo que trasportaba la droga, pero se mantenían en permanente contacto con sus cómplices, el fiscal desmenuzó, con gráficos digitalizados, todas las llamadas y mensajes que se obtuvieron de los teléfonos secuestrados, los cuales revelaron todas las comunicaciones, incluso los mensajes que aparecían borrados, pero que fueron recuperados.

Durante la audiencia se reprodujeron numerosos audios que revelaron cómo Serrano Cruz y Amaya, siempre con nombres cambiados o apelativos, con lenguaje cifrado e incluso con voces forzadas para no ser reconocidos, monitorearon el avance del cargamento hasta que fueron detenidos.

El fiscal además resaltó que las dos camionetas utilizadas para el transporte también son de Serrano Cruz; una de ellas aparece vendida por el acusado a Branco Villegas, quien se movilizaba con una autorización firmada por quien, en realidad, fue el ideólogo principal de la operación.

En base a estas y otras pruebas, el fiscal logró que los jueces, al definir la responsabilidad penal, declarasen culpables a los dos acusados, para quienes luego solicitó, la pena de 7 años de prisión, aplicada finalmente por el tribunal.

Al momento de fundamentar la condena, con el juez Fleming siempre como vocero, el tribunal coincidió prácticamente con todo lo mostrado por la fiscalía. Se valió para ello de los datos expuestos en los cuadros utilizados en la exposición por el representante del MPF para determinar la responsabilidad de Serrano Cruz y Amaya.

Para los jueces, Serrano Cruz aparece caracterizado como una persona que “nos presenta una cantidad de obstáculos en la vinculación con los otros acusados y los hechos. Con respecto al suceso, hay una interferencia explicita y otra deliberada”. Esta conducta de desagregar los indicios sólo se explica con un solo objetivo: “debilitar la acusación”.

Fleming señaló que en este caso no hubo necesidad de un “barredor”, función que consiste en un vehículo que recorre la ruta por delante para alertar sobre la presencia de las fuerzas de seguridad. “No fue necesario porque el modo de acondicionamiento de la droga les daba seguridad, ya que se hizo con un alto grado de eficiencia”, indicó.