María del Carmen Roqueta fue jueza federal hasta el 1 de abril pasado, cuando se jubiló. Desde la presidencia del Tribunal Oral Federal número 6 dirigió el emblemático juicio por el plan sistemático de apropiación de bebés durante la última dictadura y, años después, el primero en el que se ventiló el funcionamiento de una maternidad clandestina en Campo de Mayo, donde nacieron y fueron apropiados más de una decena de bebés durante los años del terrorismo de Estado. En el primer juicio, condenó a Jorge Rafael Videla a 50 años de prisión y a varios otros represores, entre ellos a Victor Gallo, el primer condenado por delitos de lesa humanidad en intentar salir en libertad con el boleto que la Corte Suprema otorgó al represor Luis Muiña, al reducirle la condena mediante la aplicación del 2x1. Para Roqueta, la situación que instaló el fallo supremo es “negativa” y por más de una razón. Dice que “genera inseguridad jurídica” y que provoca “un retroceso en materia de derechos humanos nacional e internacional”. Explica por qué lentifica más aún el proceso de juzgamiento a los crímenes cometidos por el Estado y complica a los tribunales, “sobrepasados de trabajo”. Pero, sobre todo, advierte que afecta no solo a las familias de las víctimas y los sobrevivientes, sino a “toda la sociedad”. “Yo los vi sobreponerse al terror para sentarse a declarar, los juicios se hicieron y hacen gracias al esfuerzo de ellos para contar lo que vivieron. Este fallo es desmoralizante, seguramente les volvió el terror y, otra vez como entonces, impartido desde el Estado”, dijo.

–¿Cómo evalúa el fallo de la Corte que habilita la aplicación de la ley “del 2 por 1” a Luis Muiña, condenado por delitos de lesa humanidad? 

–Mi evaluación es negativa. Considero que es un retroceso sobre todo lo que ha decidido la misma Corte en los últimos años, además del prestigio de la Argentina por resolver dentro del marco de la ley una tema delicado y trágico de su vida política. El fallo se aparta de los compromisos internacionales sobre materia de derechos humanos del Estado argentino. Por otro lado, que los miembros del Estado que cometieron delitos graves por haber violado los derechos humanos no cumplan en su totalidad con la pena que les fue otorgada por los tribunales que los juzgaron por esos delitos genera, lamentablemente, una sensación de inseguridad jurídica. Si los tribunales hemos resuelto una pena, y esa pena se revisó y se confirmó, pero luego es reducida con una interpretación entreverada, genera inseguridad jurídica. 

–¿Qué efectos tendrá el fallo sobre el proceso de Justicia en torno de los delitos de lesa humanidad cometidos por el Estado durante la dictadura? 

–Es un retroceso porque se deja de lado la aplicación de un derecho moderno para volver a antiguas concepciones. Es una señal que, creo, traspasa lo jurídico. Porque apunta a morigerar, ablandar un poco las condenas, está imbuido en un garantismo mentiroso. Todos sabemos que la ley penal que se aplica es la más benigna, con una interpretación distinta para los delitos continuados. Pero aplicarla cuando la persona no sufrió ningún gravamen, ya que no estaba vigente la ley del 2x1 cuando fue condenada, y en un caso de lesa humanidad, traspasa las reglas del derecho, del sentido común y del debido proceso. Es una señal cívica y política que pone en peligro el proceso de justicia. Además, puede llegar a limitar mucho la acción de los jueces no solo a la hora de responder estas peticiones, sino de encarar todo el proceso judicial en donde se evalúan crímenes a los derechos humanos. Porque un juez debe aplicar el derecho en base a la jurisprudencia que existe. Los supremos sentaron jurisprudencia con este fallo, entonces limitaron el accionar. Sin contar con la situación en la que se trabaja en los tribunales, de sobreexceso de casos. Será terrible el efecto que tendrá la lluvia de pedidos que recibirán tras el fallo de la Corte. 

–Dos de los tres integrantes del Tribunal Oral Federal Nº 5 apuntaron, en su rechazo al pedido del apropiador Héctor Girbone, que no estaban obligados a aplicar los fallos de la Corte a todos los casos. 

–Cierto. Ellos podrían haber aplicado el fallo, y en lugar de eso, lo discutieron. Los jueces no están obligados a replicar las decisiones de la Corte. Cada juez es soberano en sus resoluciones. Pero cuando la Corte construye una jurisprudencia, es difícil de revertir. Los jueces deben aplicar la doctrina de la Corte, salvo que tengan nuevos argumentos para apartarse de esa sentencia. 

–Dice que será “terrible” la consecuencia del exceso de trabajo. ¿Por qué?

–Los tribunales orales están sobrepasados de trabajo. Y parece que quienes tienen que solucionar esa situación no entendieran cómo debe trabajar un tribunal oral, que sus integrantes deben verse las caras, deben encontrarse, sentarse, discutir. La prolongación en el tiempo de los juicios de lesa humanidad tiene que ver con esta desatención sobre lo mal que se está trabajando en los tribunales orales. Las estructuras son deplorables, te llueven casos y todos tienen la misma prioridad, no me quiero imaginar lo que será a partir de este fallo. 

–¿Considera que no lo entienden o no quieren entender?

–No sé si es una cuestión dolosa o culposa, si lo hacen por tontos o por vivos. 

–¿Quiénes?

–La Corte Suprema y del Consejo de la Magistratura.

–¿El fallo de la Corte puede generar cambios en la jurisprudencia sobre otras situaciones en las que no juegue el pedido de 2x1, como reducción de penas en los casos de apropiación?

–Los efectos son inimaginables. Efectivamente, cualquier condenado en la misma situación que Muiña tiene derecho a solicitar que se practique un nuevo cómputo de sus días de prisión, pero la Corte pateó un hormiguero porque lamentablemente la expansión de los efectos de su fallo va más allá del pedido de 2x1. Es muy grave que el voto mayoritario se haya basado en un caso de delito continuado, es decir, que se prolonga en el tiempo. Porque si se interpreta lineal este argumento, entonces existe la posibilidad de que en los casos de sustracción de menores se discuta la aplicación de la ley número 24.410, que aumentó el monto de pena para esos casos de 3 a 10 años y lo pasó a 5 a 15 años. Como hubo distintas interpretaciones en los últimos años, la jurisprudencia fijó el concepto de la ley al momento que cesa el delito. Pero el fallo de la Corte (del miércoles pasado) vuelve a movilizar la jurisprudencia. Yo coincido con los argumentos en minoría de (Juan Carlos) Maqueda y (Ricardo) Lorenzetti y así lo he resuelto no solo en planteos de aplicación de 2x1 (NdR: Roqueta ha rechazado en más de una ocasión pedidos similares de Gallo) que han llegado al tribunal mientras ejercí, sino también en la interpretación de delitos de ejecución permanente, que se prolongan en el tiempo. Esto lo estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos y es esa jurisprudencia la que debe primar. La misma Corte Suprema declaró que aquellos que hayan cometidos delitos caracterizados como de lesa humanidad o por graves violaciones a los derechos humanos son imprescriptibles. La construcción jurídica de la Corte estableció la imprescriptibilidad, lo mismo hizo con el indulto, por lo tanto ahora la mayoría de la Corte, con la interpretación que hizo en este fallo, contradice estos postulados. Creo que en el voto de la minoría está la correcta interpretación. Lo contrario demuestra la desnaturalización del monto de la pena, termina diluyéndose lo que resuelven los tribunales orales. Va contra el interés de la sociedad y la seguridad jurídica.

–¿Considera que las consecuencias las sufre toda la sociedad?

–Esto provoca malestar social. Un fallo tiene que arribar a buscar la paz, que es la única manera que tiene un país dentro del Estado de derecho, aplicar la ley dentro de las garantías y derechos que establece la Constitución Nacional y los tratados internacionales. Y aquí se debe entender que las víctimas y sus familiares deben tenerse en cuenta. No es un buen ejemplo este fallo cuando hasta hace unos días la sociedad y sus dirigentes políticos y sociales piden severidad en el cumplimiento de las condenas por hechos de violencia de género, violación y homicidio. Se sabe, y se ve en cada juicio, que la existencia de los organismos de derechos humanos es de lucha, que siempre buscan vetas por donde avanzar. Y esta vez no será distinto, pero un fallo de estas características es desmoralizante para los sobrevivientes y para los familiares de las víctimas. Yo los vi sobreponerse al terror para sentarse a declarar, los juicios se hicieron y hacen gracias al esfuerzo de ellos para contar lo que vivieron. Con este fallo seguramente les volvió el terror y, otra vez como entonces, impartido desde el Estado. Es una señal muy fuerte.