El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires no podrá podar ni talar árboles hasta tanto implemente el sistema informativo público de acceso a los datos de gestión previsto por la Ley N° 3.263 de Arbolado Público Urbano aprobada hace ya doce años. Así lo ordenó la Justicia porteña, que ratificó una resolución de primera instancia que también había obligado al GCBA a publicar en su web oficial el Plan Maestro de Arbolado Público y a contratar personal especializado en arbolado para estar a cargo de la gestión. El fallo llegó luego de una serie de amparos presentados por vecinos de la Ciudad, con el acompañamiento de la agrupación Basta de Mutilar Nuestros Árboles (BdM), que se organiza para denunciar la tala indiscriminada del arbolado porteño.

La Sala N°1 de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario dejó firme la resolución que el juez de primera instancia Guillermo Scheibler había tomado en marzo pasado y que había sido apelada por el GCBA. En su resolución original, Scheibler ordenó al Gobierno que "suspenda todo tipo de actividad de poda y tala de árboles” hasta tanto “implemente un sistema informático de acceso libre, gratuito y público que contemple la totalidad de las acciones correspondientes a la gestión del arbolado público, permita seguir la trazabilidad de cada uno de los ejemplares y posibilite a la ciudadanía controlar y verificar en tiempo real”. 

Todos esos puntos están previstos por la Ley 3.263, que también establece que el Gobierno porteño debe elaborar un Plan Maestro de Arbolado Público, que incluye, entre otros puntos, un diagnóstico sobre el estado de situación del arbolado, un censo arbóreo informatizado que incluya imágenes de los ejemplares, una planificación de la replantación del arbolado y la determinación de la ubicación y tamaño de nuevas planteras. La Justicia determinó ahora que el GCBA debe publicar esos datos a través de su web, ya que los últimos censos no están actualizados. 

También estableció que debe hacer pública la idoneidad y formación de los inspectores que ejecuten las tareas de arbolado. Los únicos casos en los que el Gobierno podrá proceder a la tala o poda serán los casos donde se verifique real peligro de caída. "Así, en caso de detectar el incumplimiento de la orden del Poder Judicial, cualquier vecino podrá invocar la presencia de personal policial para el inmediato cese del accionar", destacaron en un comunicado desde BdM. 

"La ciudadanía consciente de los beneficios que brinda el follaje frondoso a la salud pública y ambiental tiene ahora más herramientas para proteger a nuestros árboles", señaló en este sentido María Angélica Di Giacomo, fundadora de la organización, quien remarcó que la medida se extiende tanto al Ejecutivo porteño como a las Juntas Comunales: "Su responsabilidad y función es velar por el bien común y no privilegiar intereses individuales ni económicos", subrayó. 

Di Giacomo contó a este diario que el origen del litigio que derivó en el fallo se remonta a un amparo presentado por una vecina porteña, Claudia Heras, mientras que desde BdM aportaron pruebas y ella misma actuó como testigo. A la causa original se sumaron nuevas denuncias, como la de la periodista Soledad Barruti, que denunció la tala del árbol de la vereda de su domicilio sin justificación, o la de los vecinos de la avenida San Isidro Labrador, donde el GCBA pretendía sacar 43 árboles sin fundamentar sus razones.