El ex juez Alejandro Martín y el ex empleado bancario Tomás Martínez Echenique fueron condenados en juicio abreviado a penas de 5 y 3 años, respectivamente. El ex magistrado cumplirá la pena impuesta en prisión domiciliaria; mientras que sobre el otro sentenciado se trata de un cumplimiento condicional. Ambos estaban a punto de llegar a juicio oral en el marco de la investigación por desvío de fondos de cuentas judiciales inmovilizadas, que sigue su trámite por otro ex magistrado y un martillero. El expediente que se inició en 2012 ya lleva cinco condenados a lo largo del proceso. Para el fiscal Carlos Covani "no quedan dudas sobre la existencia de los hechos y la participación de los acusados".

El caso generó fuerte impacto a fines de 2012, en los Tribunales provinciales. Luego de la investigación que comenzó con la denuncia del Banco Municipal, el fiscal imputó a media docena de acusados. Los primeros condenados, en 2013, fueron los abogados Luciano García Montaño y Jorge Heter, a tres años de prisión de cumplimiento condicional más siete y cinco años, respectivamente, de inhabilitación para ejercer la abogacía. En 2019, también cerró esa pena en juicio abreviado Ricardo Lavacca, que era secretario del juzgado de Martín.

La condena que recayó sobre Martín fue por los delitos de "asociación ilícita en calidad de jefe y/u organizador, defraudación, falsedad ideológica y material de instrumentos públicos; prevaricato; abuso de autoridad e incumplimiento de deberes" por los que se le impuso la pena de 5 años, con inhabilitación perpetua para desempeñarse como funcionario o magistrado judicial.

El ex empleado bancario fue sentenciado como miembro de asociación ilícita y por hechos de defraudación, por los que se le impuso pena de 3 años condicional.

Ambos abreviados fueron homologados por la jueza Silvia Castelli. En tanto, el trámite judicial sigue en trámite con un martillero y otro ex juez.

A fines de 2015, Covani expresó en su acusación y pedido de juicio que los imputados conformaron "un grupo para apropiarse ilegítimamente de dinero que se encontraba depositado en cuentas judiciales, de distintos litigios, y que aparecía como ocioso o inmovilizado. No todo el dinero apropiado revestía el carácter de inmovilizado, ya que también se apropiaron de remanentes de juicios terminados recientemente a la sustracción".