En la sala de debates del Tribunal en lo Criminal Oral Federal de Catamarca, el representante del ministerio público fiscal, emitió los alegatos y pidió la pena de prisión perpetua para el ex coronel del Ejército Francisco Gabriel Castañeda. 

El militar está acusado de los delitos de asociación ilícita y privación ilegítima de la libertad de Griselda del Huerto Ponce (36) y Julio Genaro Burgos (18), cometidos en diciembre de 1976. El juicio continuará hoy, con las exposiciones del representante de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Ramiro Fresneda y el defensor, Lucio Montero.

El fiscal de Cámara, Rafael Vehilz Ruiz argumentó de manera detallada la relación y responsabilidad de Castañeda, como Jefe de la compañía “A” del ex Regimiento 17 Aerotransportado con asiento en Catamarca, en los secuestros de Ponce y Burgos.

Atento a los testimonios de los ex militares, quienes declararon en el juicio y negaron que en Catamarca se produjeran secuestros y desapariciones en el marco del Terrorismo de Estado, el representante del Ministerio Público explicó: “No nos es ajeno que el 15 de diciembre de 1976 entre las 3 y 5 de la mañana, seis o siete personas ingresaron al domicilio de la familia Ponce, redujeron a todos los miembros y en ese lapso destruyeron a esa familia. Secuestraron a Griselda y a Julio. Ella tenía 36 años y él 18 años. Julio había venido de visita a Catamarca y la familia no lo vio más. Y fue así porque Castañeda y todos sus cómplices así lo dispusieron”, inició.

El fiscal señaló la prueba que obra en la causa, pese a que “se encargaron de destruir la mayoría”. El acta, firmada por Rodolfo Mujica (subalterno de Castañeda) y Florentino Reyes (Jefe de Investigaciones de la policía de la provincia), es una de las principales pruebas, y obra en el expediente porque la mañana posterior al secuestro, se realizó lo que el ejército denominaba “censo poblacional” en la misma vivienda, ese documento se les cayó cuando se retiraron y fue guardado por la familia.

“Acá nos hicieron creer que un Censo era ir a los domicilios a contar gente y tomar té con masas. Pero no era eso. En ese domicilio quemaron discos, libros, y luego se llevaron varios elementos como una cámara fotográfica y una filmadora que obra en el acta y que nunca devolvieron”, señaló Vehils Ruiz para luego asegurar que un censo, además de ser un allanamiento sin orden, se hacía en el marco del decreto 2772/75.

En ese contexto, señaló que el artículo 1 del decreto decía: “Las fuerzas armadas bajo el comando superior del presidente de la nación, procederán a ejecutar las operaciones militares que serán necesarias a los efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos de todo el territorio del país”. Aclaró que Catamarca era una provincia de ese país citado y por lo tanto no era una isla donde estaba tranquilo, “según hicieron creer los miembros del Ejército en el marco de un pacto vergonzoso de silencio”.

Posteriormente, se refirió a la coartada de Castañeda, quien aseguró que el 15 de diciembre del 1976, cuando se producían los secuestros y luego el “censo” en la vivienda de Ponce, él estaba de licencia. En este contexto, Vehíls Ruiz aseguró que ese documento que presentó el acusado no lo desliga del hecho y mencionó que en el marco del pacto de silencio que ellos mantienen “se elaboraron miles de hojas de legajo donde es evidente que fueron escritas el mismo día, con la misma letra y la misma lapicera”.

Por otra parte, puso en evidencia que la misma mañana en que realizaban el “censo” en casa de los Ponce, hubo un testigo que identificó a Griselda, quien estaba con otros detenidos en el edificio de la división de Investigaciones de la policía. “Pero ellos dicen que no sabían, que no vieron, que nada pasó”, refirió.

“Acá hubo lucha contra la subversión. Se destruyeron hogares con secuestros ilegales por pensar distinto o por lo que fuera. Hoy el imputado Castañeda tiene un defensor, un tribunal de juicio. En esa época no había, decidían sobre la vida y la muerte y los familiares nunca más veían a la persona secuestrada. Si no pregúnteles a los familiares si en Catamarca si comían masas con los militares”, señaló el fiscal.

“No tuvieron empacho en secuestrar chicos. Julio Burgos tenía 18 años. Lo secuestraron y lo asesinaron”, agregó.

Antes de pedir la pena, Vehíls Ruiz recordó que Mujica, quien fue condenado hace 5 años en el marco de los mismos secuestros, “Hoy está libre por una argumentación completamente inverosímil y arbitraria dada por un tribunal diferente. Esa decisión fue casada y la familia aún espera que la Corte Suprema se expida”.

Por último,  y luego de solicitar que se declare al hecho investigado como delito de lesa humanidad, Vehils Ruiz pidió que "se condene a Francisco Castañeda a la pena de prisión perpetua, por considerarlo autor mediato de la privación ilegítima de la libertad de Ponce y Burgos, constituyendo la colaboración necesaria por dolo eventual en el homicidio agravado de las víctimas, en concurso real con el delito de asociación ilícita".

También solicitó que sea sometido a "un examen médico exhaustivo y que, de no presentar inconvenientes, este cumpla la condena en un penal común".

El tribunal decidió pasar a un cuarto intermedio para hoy a las 9, donde se escucharán los argumentos de la defensa y del representante de la Secretaría de Derechos humanos de la Nación.