Los impuestos suelen dividirse en tres grandes categorías: a los ingresos, al consumo y al capital. En el siglo XX surgió una cuarta categoría impositiva: las cotizaciones sociales, una forma particular de gravar los ingresos, destinada a financiar los gastos de la seguridad social. Los impuestos no son un asunto técnico sino eminentemente político y filosófico dice el economista Thomas Piketty.

En “Las consecuencias económicas de los importantes recortes fiscales para los ricos”, los investigadores de la London School of Economics David Hope y Julian Limberg, midieron el desempeño económico en 18 países ricos de la OCDE desde 1965 a 2015. Concluyeron que no existe correlación entre las reducciones de impuestos, el crecimiento económico y la reducción del desempleo: “las trayectorias del PIB real per cápita y la tasa de desempleo no se ven afectadas por reducciones significativas de los impuestos a los ricos tanto a corto como a medio plazo”. En cambio, estimaron que cada recorte impositivo condujo a un incremento promedio de 0,8 puntos porcentuales en el ingreso del 1 por ciento más rico.

En 2016, la Ley 27.260 de blanqueo de capitales elevó el monto mínimo no imponible para los contribuyentes que declarasen bienes por un total de 800.000 pesos, estableciendo una alícuota de 0,75 por ciento para los que patrimonios que superasen ese monto. Para 2017 el monto no alcanzado pasaría a 950.000 pesos con una alícuota de 0,5 por ciento y 1.050.000 pesos a partir del período fiscal 2018, tributando un 0,25 por ciento sobre el total del patrimonio excedente. 

En 2018, la Ley N° 27480 volvió a modificar el mínimo no imponible, escalas y alícuotas, beneficiando a los sectores con mayor poder adquisitivo: 0,25 por ciento para los patrimonios de hasta 3.000.000 pesos, 0,5 por ciento para los mayores a ese nivel y en el nivel superior una alícuota de 0,75 por ciento para aquellos patrimonios que superasen los 18.000.000 pesos.

El pacto fiscal de 2017 redujo Ingresos Brutos en 16 actividades económicas (muchas de ellas extractivas) y la reforma tributaria, el impuesto a las ganancias de las sociedades del 35 al 30 por ciento, con una nueva reducción al 25 por ciento prevista para 2020 independientemente de su escala de facturación. Sin embargo, la promesa de campaña de alivio para los trabajadores no se materializó, por el contrario, la proporción alcanzada por ganancias que en 2015 era del 12,2 por ciento, a fines de 2019 había llegado al 23,2 por ciento del total.

Ninguna de las medidas adoptadas se tradujo en un incremento de las inversiones. En 2015 la formación bruta de capital representaba el 19,5 por ciento del PBI y en 2019 había caído al 17,22 por ciento sobre un Producto sensiblemente inferior.

Tras el fracaso electoral de agosto de 2019, el decreto N° 567 del gobierno de Cambiemos eliminó hasta fin de año el IVA de 13 alimentos de la canasta básica. La medida apuntaba a una reducción en el precio final que pagaban los consumidores finales, un alivio transitorio en el medio de la espiral inflacionaria provocada por la quita de retenciones y el pass throw de las sucesivas devaluaciones. 

Al mes siguiente, la mayoría de los artículos relevados por el INDEC no sólo no habían bajado, sino que registraron sendas subas: aceite 5,6 por ciento, arroz 2,1 por ciento, azúcar 2,2 por ciento, conservas 7,0 por ciento, harina de trigo 6,4 por ciento, huevos 3,5 por ciento, pan 7,0 por ciento y fideos 3,0 por ciento. Sólo en leche, yerba y el yogur se registraron bajas, aunque sobrecompensadas por los aumentos de octubre: 2,1, 5,8 y 7,9 por ciento, respectivamente. 

Es decir, alguien a lo largo de la cadena de comercialización se apropió del 21 por ciento excedente y no fue precisamente el trabajador al momento de retirar el producto de la góndola.

El financiamiento del sistema previsional argentino responde a un esquema tripartito, con aportes personales de los trabajadores, contribuciones patronales de los empleadores y recursos impositivos generales y específicos.

En octubre de 1980, la ley 22.293 de la dictadura de Videla eliminó las contribuciones que debían hacer los empleadores, que en ese momento eran del 15 por ciento. Argentina se encontraba entonces en una situación de pleno empleo y no había necesidad, en los propios términos de la ortodoxia, de una medida de carácter semejante. Cuando las contribuciones patronales se restablecieron parcialmente en el 7,5 por ciento en 1984, el desempleo se había duplicado, en una marcha ascendente que duró más de dos décadas.

A principios de la década de los 90, la tasa de contribución patronal al sistema previsional era del 16 por ciento, entre 1994 y 1996 la tasa promedio efectiva fue de alrededor del 10 por ciento y rondaba el 7 por ciento en el 2000. En este período no sólo se agudiza la desocupación sino la precarización, fenómeno singular de estos tiempos: 8 de cada 10 puestos de trabajo creados fueron informales.

En 2001, el decreto 1387 de Fernando de la Rúa redujo la tasa de aportes personales del 11 al 5 por ciento. En el gobierno de Duhalde, con una desocupación que rondaba el 20 por ciento, se estableció un esquema para reestablecerlas del 5 al 7 por ciento y al 11 por ciento hacia el 2008, efectivizado durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner. En tanto que las contribuciones a cargo de los empleadores se ubicaban en el 16 por ciento de la nómina salarial. El desempleo no aumentó, a contrario sensu, para el 2015 había descendido al 5,9 por ciento. Prueba una vez más que no son los impuestos, es el modelo.

En un contexto de bajo crecimiento económico mundial, altos salarios en la cúspide de la pirámide que no guardan relación con la productividad y excesiva concentración de la riqueza que es heredada de generación en generación, resulta indispensable dotar de mayor progresividad a los tributos a los ingresos y las sucesiones. Piketty propone un impuesto progresivo y anual sobre el patrimonio global: “se trata de gravar más las riquezas más grandes y tener en cuenta el conjunto de activos, sean éstos inmobiliarios, financieros o empresariales.

Cada administración fiscal nacional debería recibir toda la información necesaria para calcular el patrimonio neto de cada uno de sus residentes y enviar a cada contribuyente una declaración prellenada en la que se indicaría el conjunto de activos y pasivos que tiene, tal como los conoce la administración y rectificar en caso de ser necesario. La dificultad para su implementación reside principalmente en la transmisión automática de información bancaria y la cooperación entre países, en virtud de la opacidad que posibilitan los paraísos fiscales.

“La función principal del impuesto sobre el capital no es financiar al Estado social, sino regular el capitalismo” sostiene Piketty. “Se trata, por una parte, de evitar una espiral de desigualdad sin fin y una divergencia sin límite de la desigualdad derivada de la riqueza y, por otra, de permitir una regulación eficaz de las crisis financieras y bancarias”. El objetivo ulterior es preservar la salud del sistema democrático y evitar que sea la plutocracia quién defina el destino de las mayorías.

La ley N° 27.605 de aporte solidario extraordinario de las grandes fortunas de 2020 fue de vital importancia para dotar de recursos a un Estado derruido por la desfinanciación sistemática. En el informe “El virus de la desigualdad” OXFAM ponderó la adopción del impuesto, señalando que de esta manera Argentina abría el camino para gravar a la riqueza extrema, e instó a los gobiernos para que acuerden reformas a nivel global.

Es precisamente mediante una tributación justa que se puede garantizar la distribución de la riqueza. La cantinela de bajar impuestos va en contra de los intereses de aquellas clases medias y bajas a las que busca seducir, con la promesa de algún día pertenecer a un sector que por antonomasia es minoritario.

* Economista. Auxiliar docente de Historia Económica y Social Argentina (UBA).