Finalmente, la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó el fallo de primera instancia de la jueza Dora Temis, que obligaba al Gobierno Nacional a convocar a la paritaria nacional docente. La Cámara no sólo consideró que no era urgente el pedido de los maestros sino que aprobó el pedido de recusación que había presentado el Gobierno contra Temis. Ahora la causa estará a cargo de la jueza Alicia Pucciarelli, del Juzgado Nº 60, la misma que concedió la apelación de carácter suspensivo que había presentado el Ejecutivo nacional.

Los jueces Luis Catardo y Víctor Pesino entendieron que no hay razones de “urgencia” ni “fundamentación suficiente” para dar curso a la medida cautelar a favor de los maestros dictada por Temis el 6 de abril, que intimaba al Gobierno a llamar a una negociación paritaria nacional (Comisión Negociadora de la Negociación Colectiva) en el plazo de cinco días. “Con este fallo están ayudando a que el gobierno nacional se desentienda de la educación. Es terrible”, expresó a Página/12 Romero, quien calificó el fallo de primera instancia como "magistral y ajustado a derecho”.

Hasta la fecha, sólo seis de las 24 jurisdicciones del país firmaron los convenios respectivos con los gremios de cada distrito; otras seis provincias decidieron los aumentos por decreto, mientras en las otras 12 continúan las negociaciones a la espera de que se resuelva la paritaria nacional.

Mientras tanto, en el Día del Trabajador de la Educación, CTERA se moviliza "por la defensa de los trabajadores de la educación y por la Educación Pública", como lo hicieron en 1988 en la Marcha Blanca. “Hace falta la participación activa del Estado nacional, que es el que tiene que garantizar la educación y financiarla. Para eso, hay que igualar salarios y conservar el fondo compensador, que el nuevo plan hiere de muerte”, expresó Romero.

En la misma fecha, la Cámara resolvió la recusación de Temis, quien había pedido que cesara “la conducta antisindical” y “la afectación del derecho constitucional a la negociación colectiva”. “Para nosotros es un incidente más dentro del proceso judicial. Vamos a seguir apelando y a realizar las actividades sindicales que correspondan para que el Gobierno cumpla la ley”, advirtió Romero.

El abogado de la UDA, Víctor Bracamonte, por su parte, adelantó que el gremio evaluará los pasos a seguir teniendo en cuenta que la desestimación de Catardo y Pesino sostiene que "los efectos de la medida cautelar coinciden con el objeto principal de la demanda". “Dicen que Temis dictó una sentencia que adelantaba el fallo definitivo, pero no es cierto porque nosotros habíamos presentado un amparo que perseguía como objeto la afectación de la negociación colectiva y de la libertad sindical”, aclaró Bracamonte, quien consideró que “no hay identidad entre una y otra porque no es lo mismo la afectación del derecho constitucional y el hecho mismo de sentarse en una mesa de convocatoria”.

El fallo esgrime, además, dos principios, el de “verosimilitud” y el de “peligro en la demora”, que Bracamonte rechaza. “¿Cómo puede ser que una paritaria de 8 años en el marco de una ley no tiene verosimilitud? Hay una ley, que se cumplió y generó beneficios para todo el sector docente”, explicó el abogado, quien también refutó el segundo argumento: “Les diría a los jueces que miren al costado o a sus nietos, que van a la escuela y que me digan si están conformes con que un docente gane 9 mil pesos por mes. Después me dicen si no creen que hay demora en la demanda”.

Por otra parte, Bracamonte también hizo especial hincapié en la recusación de Temis, al considerar que “afecta el principio del juez natural”,  porque ella dictó una sentencia “con fundamento jurídico”. “Que le guste o no a la Cámara o al Gobierno no implica que esté mal dictada, y mucho menos amerita que se la recuse porque no viola el artículo 17. Por eso les costó tanto fundamentar su recusación”, concluyó.