Sobrevivientes del centro clandestino de detención que funcionó en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) y testigos en juicios de lesa humanidad repudiaron el fallo de la Cámara Federal de Casación que al represor benefició a Jorge "Tigre" Acosta.

"Ninguno de estos personajes puede recibir condiciones más benignas cuando el odio y su expresión, las torturas que cometieron sobre les compañeros y compañeras que hoy no tienen voz y, sobre nosotros y nosotras fue un modus operandi de eliminación y silenciamiento", expresaron.

"Esta medida produce efectos de revictimizacion y opera en el sentido de reforzar el negacionismo sobre los crímenes y las violencias del terrorismo de Estado de la última dictadura cívico militar", añadieron y ligaron el fallo de la Sala II de Casación con el del 2x1 de la Corte Suprema.

Por qué la redujeron la condena al Tigre Acosta

El jueves pasado, al analizar planteos de las querellas sobre la posibilidad de que acceda o no a la libertad condicional el otrora hombre fuerte del grupo de tareas de la ESMA, el máximo tribunal penal del país convalidó que le apliquen la ley más benigna y, en la práctica, le bajó la condena que debe purgar.

En 2015, le unificaron dos condenas que tenía Acosta (una a perpetua por crímenes en la ESMA y una a 30 años por el plan sistemático de apropiación de niños y niñas) en una pena única de prisión perpetua. La discusión fue cómo se calculaba la perpetua si con la ley más benigna --que fue la que se aplicó en la sentencia ESMA-- o con la más gravosa --que fue la que se usó en plan sistemático--. Ese debate es fundamental para calcular cuándo el exjefe de inteligencia del grupo de tareas que operó en la ESMA podría recuperar su libertad, algo que él reclama desde hace varios años.

Casación entendió que corresponde aplicarse la ley que se usó en la condena de ESMA, que es la que establece que está en condiciones de acceder a una condicional a los 20 años. Por el contrario, no comparten que deba aplicarse la ley que se usó cuando le dictaron la condena por plan sistemático, que establece que recién podría acceder a la libertad a los 35 años de acuerdo al endurecimiento de penas que significó la reforma Blumberg.

La decisión la tomó la Sala integrada por Ángela Ledesma, Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques --aunque este último se pronunció por la aplicación de la ley más gravosa--. De todos modos, los casadores ordenaron que el Tribunal Oral Federal (TOF) 5 haga una audiencia con las víctimas y que escuche particularmente a aquellas que denunciaron la violencia sexual por parte Acosta --que el año pasado sumó una condena a 24 años de prisión por estos delitos--.

El comunicado completo

Los sobrevivientes y testigos de los juicios de lesa humanidad que se tramitaron para dar sanción penal a los autores de los crímenes cometidos por los genocidas en el CCDTyE ESMA expresamos nuestro más enérgico repudio ante la decisión de la Cámara Federal de Casación por la que se convalida la aplicación de una ley más benigna que le cambia el carácter a la condena establecida en los tres juicios ya desarrollados. Ninguno de estos personajes puede recibir condiciones más benignas cuando el odio y su expresión, las torturas que cometieron sobre les compañeros y compañeras que hoy no tienen voz y, sobre nosotros y nosotras fue un modus operandi de eliminación y silenciamiento. Esta medida produce efectos de revictimizacion y opera en el sentido de reforzar el negacionismo sobre los crímenes y las violencias del terrorismo de estado de la última dictadura cívico militar. Acosta resulta así beneficiado por una decisión que no es aplicable a los delitos de lesa humanidad. Medidas como la que toma la Casación destinada a favorecer a represores se emparenta con el beneficio del 2 por 1 de la Corte Suprema. No contribuyen a sostener la demanda de la sociedad expresada en el NUNCA MÁS terrorismo de Estado, orientada a la pacificación social y a la democracia y por MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA.