El genocida Jorge “Tigre” Acosta terminó recibiendo una buena noticia por parte de la Cámara Federal de Casación. Al analizar planteos de las querellas sobre la posibilidad de que acceda o no a la libertad condicional el otrora hombre fuerte del grupo de tareas de la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), el máximo tribunal penal del país convalidó que le apliquen la ley más benigna y, en la práctica, le bajó la condena que debe purgar.

En 2015, el Tribunal Oral Federal (TOF) 5 decidió unificar las penas que tenía el “Tigre” Acosta y dictarle una única pena de prisión perpetua. Para entonces, el exjefe de inteligencia del GT 3.3.2 había sido condenado a prisión perpetua por los crímenes en la ESMA y tenía una condena a 30 años por el plan sistemático de robo de niños y niñas.

Al unificar la pena, el TOF5 hizo un cálculo que establecía que Acosta, por el tiempo que había estado detenido, estaba en condiciones de pedir la condicional el 16 de noviembre de 2017 y que su pena vencía el 16 de noviembre de 2022. Todo esto lo hizo sin la intervención de las partes.

En septiembre de 2019, Acosta finalmente pidió la condicional. Las querellas y el Ministerio Público se opusieron y dijeron que el TOF5 no las había escuchado al momento de hacer el cálculo de la pena. El tema fue y volvió entre Casación, que siempre les dio la razón, y el TOF5, que se mantuvo en su tónica.

Este jueves, la camarista Ángela Ledesma y los camaristas Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques firmaron un nuevo fallo. Nuevamente, le ordenaron al TOF 5 que haga una audiencia con las partes y particularmente Yacobucci resaltó que los jueces del tribunal debían tener en cuenta la reciente condena de Acosta por delitos contra la integridad sexual en la ESMA. Dijo que debía tener en cuenta la opinión de las mujeres que lo denunciaron ante la posibilidad de que Acosta salga de la calle.

Sin embargo, el tribunal –por mayoría– convalidó que a Acosta se le calcule la condicional con la ley más benigna, que algunas de las partes entienden que opera como una conmutación de pena –algo que no es aplicable a los delitos de lesa humanidad–. Ledesma y Yacobucci entienden que corresponde aplicarse la ley que se usó en la condena de ESMA, que es la que establece que está en condiciones de acceder a una condicional a los 20 años. Por el contrario, no comparten que deba aplicarse la ley que se usó cuando le dictaron la condena por plan sistemático, que establece que recién podría acceder a la libertad a los 35 años de acuerdo al endurecimiento de penas que significó la reforma Blumberg.

Mahiques –curiosamente– se alineó con el planteo de los querellantes. Lo cierto es que el TOF 5 deberá celebrar una audiencia para analizar este tema y seguir los lineamientos que estableció la Casación sobre escuchar a las víctimas.

La discusión sobre si se le aplica a los represores la ley más benigna se dio con fuerza cuando la Corte Suprema le concedió el beneficio del 2x1 al represor del Hospital Posadas Luis Muiña. En ese momento, la mayoría cortesana integrada por Carlos Rosenkrantz, Elena Highton y Horacio Rosatti consideró que la situación de Muiña estaba contemplada en la ley 24.390 –del 2x1– que había sido sancionada en 1994 y estuvo en vigencia hasta 2001, mucho antes de que Muiña fuera detenido.

El futuro del Tigre

La discusión sobre si la perpetua es efectivamente perpetua o si vence al superarse los 25 años de reclusión fue abordada por la Corte en el fallo conocido como “Álvarez”, que fue invocado por Ledesma y por las partes que recurrieron la decisión del TOF5. En ese fallo, la Corte dijo que si fuera automático el vencimiento de la pena a los 25 años se cercenaría el derecho de los jueces a decidir y no se tendría en cuenta cuál ha sido el comportamiento de la persona mientras estaba detenida o la posibilidad de reinserción social. En el caso del “Tigre” Acosta, reconocido por su sadismo dentro y fuera del campo de concentración de la Armada Argentina, es difícil que el saldo sea positivo.

Acosta acaba de cumplir 81 años y el año pasado recibió una nueva condena a 24 años de prisión por las violaciones a algunas mujeres que pasaron por la ESMA. Entre la segunda mitad de 1976 y 1979, fue probablemente el personaje siniestro que mayor control tuvo sobre lo que sucedía en ese centro clandestino ubicado en Avenida del Libertador, ya que oficiaba como jefe de inteligencia del GT. Rubén Jacinto Chamorro, por entonces director de la ESMA, destacaba en sus informes su brillantez y lo ubicaba dentro del 2 por ciento de los hombres más importantes de la Armada. Como tal comandó el exterminio que se ejecutó desde ese centro clandestino de detención. Distintos testimonios de sobrevivientes dan cuenta de que Acosta se jactaba de que un detenido “se iba para arriba porque Jesucito lo quiere” en un eufemismo macabro de los vuelos de la muerte o que reclamaba que todos su compañeros de armas “se mancharan los dedos con sangre”.